Condena de 20.000 euros a una empresa por asignar a un camionero un camión sin la ITV en vigor

Condena de 20.000 euros a una empresa por asignar a un camionero un camión sin la ITV en vigor
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Condena de 20.000 euros a una empresa por asignar a un camionero un camión sin la ITV en vigor

Redacción.-La empresa había asignado al trabajador un camión con informe desfavorable de la ITV y con una inhabilitación para circular por la vía publica, según informa el sindicato vasco ELA en un comunicado.

La Sala de lo Social del TSJPV considera que aunque no se produjo ningún accidente, el hecho de asignar al trabajador un camión inhabilitado para conducir es una vulneración de la normativa en materia de prevención de riesgos y, en consecuencia, una vulneración del derecho a la vida e integridad física.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) condena a Excavaciones Imanol Lasa de Irun (Gipuzkoa) por vulnerar el derecho a la integridad física de un camionero, a quien tendrá que abonar 20.491 € en concepto de daños morales.

Para el TSJPV, “el tiempo de conducción -53 kilómetros sin ITV- es lo suficientemente largo para un riesgo del trabajador en razón de las averías detectadas”. El TSJPV tiene también en cuenta, a la hora de fijar la indemnización, que la empresa ya había sido condenada anteriormente por cargar los camiones superando el Peso Máximo Autorizado.

Bidelagun Fundazioa, la iniciativa que ELA ha puesto en marcha con el fin de impartir formación en prevención de riesgos laborales y la encargada de la dirección jurídica de este caso, valora muy positivamente esta sentencia, ya que la misma pone en valor el derecho a la integridad física por el simple sometimiento a un riesgo, sin necesidad de que se produzca un accidente.

Foto de archivo