Garantía coche segunda mano: ¿Debo dar garantía si vendo un coche?

Garantía coche segunda mano: ¿Debo dar garantía si vendo un coche?
Varios coches circulando en ciudad
Garantía coche segunda mano: ¿Debo dar garantía si vendo un coche?

Son muchas las cuestiones sobre las que debes reflexionar a la hora de vender un vehículo de segunda mano. Muchos compradores/vendedores cometen el error de centrarse tan solo en la propia transacción, en el pago del dinero y en hacer la transferencia… pero hay muchos más a considerar. 

Por ejemplo, el comprador tendrá que buscar un equilibrio entre los seguros de coche más baratos, pero con prestaciones que realmente se adapten a sus necesidades. El comprador también tendrá que hacerse una serie de preguntas… cómo puede ser si debe ofrecer garantía en el caso de que se produzca algún problema con el vehículo.

Este tema lo vamos a tratar con detalle a continuación. 

Garantía en los vehículos de segunda mano 

Contestando a la pregunta del título, se debe dar garantía en los vehículos de segunda mano, pero no con las mismas condiciones que ofrecería una empresa, como un concesionario. 

La responsabilidad legal del vendedor terminará con los vicios ocultos

Estaremos hablando de garantía obligatoria cuando la compraventa entre particulares se centra en las averías que se hayan producido antes de entregar el vehículo, además de que se tienen que catalogar como graves. El tiempo que debes dar esta garantía será los primeros 6 meses desde la venta. 

¿Quién tiene que encargarse de demostrar que la avería está cubierta por la garantía? Esto será responsabilidad del nuevo propietario. En el caso de que no lo pueda probar, el vendedor no se tendrá que ocupar de nada. 

Podemos obtener toda la información pertinente sobre este tema recurriendo a los artículos 1461 y 1494 del Código Penal. En los citados artículos se especifican los plazos mínimos obligatorios de garantía que deben cumplirse si se trata de una venta producida entre particulares. Como ya hemos dicho, esta garantía debe ser, como mínimo, de 6 meses

Hay que tener en cuenta que se trata como una obligación: esto quiere decir que no hay forma de evadir la responsabilidad. Aunque el nuevo propietario haya firmado una renuncia expresa a la garantía, podrá denunciar al propietario antiguo si se produce una avería que cumple con las condiciones y no la soluciona. 

En el artículo 1484 encontramos una referencia a aquellos aspectos que debe cumplir la garantía, que no serán otros que los fallos graves y/o vicios ocultos

Podemos ampliar esta información con lo que encontramos estipulado en el artículo 1461. En el mismo se indica que el vendedor tendrá responsabilidad sobre la entrega y el saneamiento del bien que se está vendiendo. 

El comprador tendrá que leer con detalle la letra pequeña, para tener claro qué es lo que está cubierto y qué es lo que no. Para ello, habrá que leer y comprender muy bien la definición de vicio oculto

Podemos decir que es algo que no ocurría en condiciones normales, como podría ser que se caiga el bloque del motor al suelo. 

Pero si algo se estropea por un funcionamiento normal, no se podrá iniciar ninguna reclamación.