Las empresas podrán hacer controles de alcohol y drogas a los conductores en 2023

444 conductores son detectados cada día al volante tras consumir alcohol o drogas
Imagen de uno de los controles de alcohol y drogas a los conductores
Las empresas podrán hacer controles de alcohol y drogas a los conductores en 2023

Redacción.- Una de las novedades que se incluyen en la reforma de la Ley de Seguridad Vial, aprobada por el pasado jueves, algunas de ellas afectan directamente a las empresas de transporte de mercancías y viajeros por carretera, recogiendo una de las reivindicaciones históricas de las asociaciones empresariales del sector.

Esta novedad es poder consultar la situación administrativa de los carnets de conducir de los conductores asalariados, para conocer los puntos que poseen, si han sido sancionados con alguna suspensión o la pérdida de ellos por diferentes motivos.

Para que estas consultas pueda ser efectivas, la Dirección General de Tráfico deberá poner en marcha antes de Marzo de 2023 un sistema de consulta on line para que las empresas y autónomos dedicados al transporte de personas o de mercancías puedan conocer si un conductor profesional que trabaja para ellos se encuentra habilitado legalmente para conducir, sin necesidad de obtener su consentimiento para obtener dicha información.

Al mismo tiempo, la nueva Ley aprobada recoge una medida de mayor complejidad en cuanto a su aplicación práctica, como es la posibilidad a finales de 2023 de que las empresas transporte por carretera puedan realizar a sus conductores asalariados controles iniciales, periódicos, o aleatorios sobre el consumo de alcohol o determinadas drogas así como otras sustancias psicoactivas o medicamentos durante el ejercicio de su actividad profesional.

Sin embargo, a fin de precisar las sustancias afectadas por dicha nueva regulación, durante su tramitación en el Senado se introdujo una enmienda para limitar las drogas susceptibles de control, añadiendo el calificativo de “drogas de abuso” (como puede ser la cocaína, anfetaminas, opiáceos, cannabis u otros) para diferenciarlas de otros productos adictivos (como el tabaco) admitidos socialmente y cuyo consumo no provocan efectos directos en la capacidad de conducción.

Desde la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer), consideran positiva esta medida preventiva con el objetivo de contribuir a la mejora de la seguridad vial e imagen profesional del sector del transporte por carretera, dotando de este modo a las empresas transportistas de mecanismos legales de control que ayuden a minimizar la inseguridad jurídica y responsabilidad que han venido teniendo hasta ahora, al no tener manera de conocer en qué condiciones de conducción se encuentran sus conductores. Al tiempo que considera que esta regulación garantice que estos controles se lleven a cabo con garantías de fiabilidad y confidencialidad, junto con el procedimiento con el que han de actuar las empresas en el caso de que las pruebas dieran un resultado positivo.

Foto de archivo