La UE gana el caso de la OMC de los aranceles sobre las aceitunas españolas

La UE gana el caso de la OMC de los aranceles sobre las aceitunas españolas
Imagen de aceitunas españolas
La UE gana el caso de la OMC de los aranceles sobre las aceitunas españolas

Redacción.- El pasado viernes 19, un informe de un panel de la Organización Mundial del Comercio (OMC) dictaminó que los aranceles compensatorios estadounidenses aplicados a las importaciones de aceitunas maduras de España, establecidos durante la administración anterior en 2018, son ilegales según las normas de la OMC.

La UE espera ahora que Estados Unidos tome medidas para cumplir con las recomendaciones del panel.

El vicepresidente ejecutivo y comisario de Comercio, Valdis Dombrovskis, dijo: “Los esfuerzos de la Comisión para defender enérgicamente los intereses y derechos de los productores de la UE, en este caso los productores de aceitunas maduras españolas, están dando sus frutos. La OMC ha confirmado nuestras afirmaciones de que los derechos antisubvenciones son injustificados y violan las normas de la OMC. Estos aranceles afectaron severamente a los productores de aceitunas españoles, quienes vieron caer drásticamente sus exportaciones a los EE. UU. Como resultado. Ahora esperamos que EE. UU. Tome las medidas adecuadas para implementar la resolución de la OMC, de modo que las exportaciones de aceitunas maduras de España a EE. UU. Puedan reanudarse en condiciones normales ”.

El 1 de agosto de 2018, el Departamento de Comercio de EE. UU. Impuso derechos compensatorios y antidumping de entre el 30% y el 44% combinados a las importaciones de aceitunas maduras españolas, según la empresa involucrada. La UE impugnó los derechos ante la OMC alegando que eran contrarios a determinadas disposiciones del GATT de 1994, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (Acuerdo SMC) y el Acuerdo antidumping.

Desde la imposición de las medidas estadounidenses, las exportaciones de aceitunas maduras de España a Estados Unidos han disminuido casi un 60%. Antes de la imposición de aranceles, la exportación de aceitunas de España a EE. UU. Valía 67 millones de euros anuales.

Fondo

El Departamento de Comercio de EE. UU. Había impuesto en 2018, bajo la administración anterior, derechos compensatorios a las importaciones de aceitunas maduras españolas en el supuesto de que los productores españoles de aceitunas crudas habían recibido subvenciones específicamente para su sector y que el beneficio de tales subvenciones se había transferido íntegramente a los españoles. procesadores de aceitunas maduras que exportan a los EE. UU.

En el procedimiento del grupo especial, la UE había contrarrestado esta alegación diciendo que, tras la reforma de la Política Agrícola Común (PAC), no se otorga apoyo a la producción y, por lo tanto, no es específico para ningún sector de productos (por ejemplo, aceitunas). La UE también argumentó que el Departamento de Comercio de EE. UU. Había asumido erróneamente que el beneficio de las subvenciones se había transferido por completo a los procesadores de aceitunas maduras.

El panel se puso del lado de la UE en lo que respecta al punto principal del caso y dictaminó que el Departamento de Comercio de EE. UU. No determinó correctamente si las subvenciones estaban dirigidas a los productores de aceitunas y también criticó el cálculo de EE. UU. De la tasa de subvenciones para una empresa española.

Además, lo que es más importante, el panel dictaminó que la Sección 771B de la Ley de Aranceles de los Estados Unidos de 1930, que presume que todo el beneficio de un subsidio para un insumo agrícola crudo se transfiere al producto agrícola procesado posterior (beneficio de transferencia) es en sí mismo incompatible con determinadas disposiciones del GATT de 1994 y el Acuerdo SMC. El panel también constató que el Departamento de Comercio de los Estados Unidos actuó de manera incompatible con las mismas disposiciones cuando asumió incorrectamente que la totalidad de las subvenciones otorgadas a los productores de aceitunas crudas se transfirieron a los procesadores de aceitunas maduras.

La constatación de que el artículo 771B de la Ley de Aranceles de los Estados Unidos de 1930 infringe determinadas disposiciones del GATT de 1994 y del Acuerdo SMC es particularmente pertinente, ya que requeriría que los Estados Unidos ajusten su marco legislativo a las recomendaciones del informe.

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