Opinión

El seguro de los palurdos muertos. La opinión de Fernando Guillén

El seguro de los palurdos muertos. La opinión de Fernando Guillén
El seguro de los palurdos muertos
El seguro de los palurdos muertos. La opinión de Fernando Guillén

Estimados compañeros: el titulo de esta carta tiene su razón de ser en un caso que nos ha sucedido hace unos días, y que quiero trasladaros para que cada cual actué según su parecer.

Llega un joven, afiliado su padre, conductor profesional, ha fallecido trabajando como consecuencia de una enfermedad coronaria. La empresa se puso en contacto con la familia y quedo a su disposición para el traslado del cuerpo y para cualquier cosa que se pudiera necesitar, se portaron, formalmente, de forma admirable y ejemplar. La viuda, lógicamente, no esta para muchas vueltas, todos lo entenderemos.

Pero claro, este joven, que no es imbécil, empezó a dar vueltas al asunto, se intereso por el seguro que se tiene que tener para cada conductor por convenio, y llamo a la empresa, y ahí la amabilidad se transformo en recelo: “mira, lo sentimos mucho, pero ese seguro es para accidentes”, “si, pero creo que esto se considera accidente de trabajo, por la presión y demás”, “bueno, nosotros de eso no sabemos nada”, “bien, pero podrían darme los datos del seguro para comprobar la coberturas”, “nos lo tiene que pedir por escrito”…, y a partir de ahí todo problemas.

Acude a los servicios jurídicos para consultar este caso, y, efectivamente, existen una serie de sentencias que indican que el caso de su padre es considerado fallecimiento por enfermedad laboral, y por tanto debe ser considerado accidente de trabajo y se le debe indemnizar, pero como el abogado tenia una sospecha se solicita al Ministerio de Justicia un certificado sobre si existen seguros de vida a nombre del fallecido…, y efectivamente, existen ¿Y quien es la beneficiaria?: la empresa.

En los años 70 los trabajadores de la empresa norteamerica Walmart iniciaron una campaña contra la política de, traducido “el seguro de los palurdos muertos”, este seguro consistía en asegurar la vida de los empleados de la compañía y esta era la propia beneficiaria en caso de muerte del trabajador por cualquier circunstancia, de esta manera el trabajador pasaba a ser otro articulo mas de la cadena de la cual la compañía obtenía beneficios hasta el extremo, lo que era legal, pero moralmente inaceptable, pues mira por donde los empresarios españoles del sector del transporte han tomado buena nota.

La mayoría de nosotros, tenemos un seguro de vida y accidentes, conforme estipula el convenio, de características ampliadas, donde en caso de fallecimiento la beneficiaria es la propia empresa, excepto en los casos de accidente laboral o enfermedad laboral, y este es el motivo por el cual las asociaciones de empresarios de este país no quieren ni oír hablar de enfermedades laborales y por ello consideran cualquier fallecimiento en accidente, salvo muy evidentes, como ajenos a un accidente laboral…

El caso que nos ocupa se saldo positivamente para la familia, basto una comunicación fehaciente con una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de nuestra Comunidad Autónoma a la compañía aseguradora y a la empresa, que comprendieron la inutilidad de empezar un procedimiento judicial. Desgraciadamente, muchos de nuestros compañeros no cuentan con un hijo afiliado a un sindicato ni va estar la viuda para acudir a abogados que pleiteen, lo mejor en estos casos es la prevención.

Mi recomendación, que me aplico, es entrar en esta direccion: https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadanos/tramites/certificado-contratos-seguros y solicitar mediante el formulario un informe sobre si existen seguros de vida donde el beneficiario es la empresa, de ser así, inmediatamente dirigiros a la compañía indicando que no dais autorización para el tratamiento de vuestros datos personales, y luego a la empresa para indicarles que solo admitís como beneficiarios a vuestros familiares director o a quien vosotros designéis.

Os aviso que el procedimiento de contratar un seguro y designar beneficiario aleatoriamente es completamente legal, la empresa no hace nada ilegal, salvo cuando manifestáis oposición. Esa seria la primera medida, la segunda es tener la dirección de u gabinete de abogados especializado en daños personales, y proporcionar los datos de ese gabinete a vuestros seres queridos indicándoles que en caso de que pase algo se dirijan a ellos para que analicen la situación.

Ya realizamos un trabajo duro y jodido para que aun encima las empresas quieran enriquecerse incluso con nuestra muerte y dejando a las familias con el culo al aire. Este comportamiento es inaceptable y produce asco. Ya somos casi esclavos, no seamos palurdos incluso de muertos. Yo he hecho lo anterior y a mi me basto con la carta comunicando mi oposición, aunque en mi caso mi familia ya sabe como actuar.

En fin compañeros, ¡Buena ruta a todos!.

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