Se amplía el cierre de fronteras entre España y Portugal

Se amplía el cierre de fronteras entre España y Portugal
Imagen de la bandera de España y de Portugal
Se amplía el cierre de fronteras entre España y Portugal

Redacción.- Hoy se ha publicado en el BOE la Orden INT/162/2021, de 25 de febrero, del Ministerio del Interior,  por la que se prorrogan los controles en la frontera interior terrestre con Portugal, restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

A pesar de la mejora de la situación epidemiológica en España y Portugal y de la flexibilización de algunas de las medidas restrictivas de movilidad interiores, éstas aún tienen un impacto considerable, lo cual recomienda mantener todavía un tiempo los controles en la frontera interior terrestre entre ambos países, con las mismas limitaciones aplicadas hasta ahora. A estos efectos, se han realizado las debidas consultas de coordinación con las autoridades portuguesas.

Se prorrogan los controles restablecidos temporalmente en la frontera interior terrestre con Portugal desde la 01:00 horas del 1 de marzo de 2021 hasta la 01:00 horas del 16 de marzo de 2021. Solo se permitirá la entrada a territorio español a las siguientes personas:

a) Ciudadanos españoles y su cónyuge o pareja con la que mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, y aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con éste.

b) Residentes en España, que deberán acreditar su residencia habitual, así como los estudiantes que cursen sus estudios en España.

c) Residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia habitual, debidamente acreditado.

d) Quienes vayan a transitar o permanecer en el territorio español por cualquier motivo exclusivamente laboral, siempre que se acredite documentalmente. Esta categoría incluirá, entre otros, a los trabajadores transfronterizos, trabajadores sanitarios y del transporte.

e) Aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad, o por motivos humanitarios.

f) El personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales, así como los participantes en viajes de Estado y los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Fuerzas Armadas para ejercer sus funciones.

Las entradas y salidas del territorio español a través de la frontera interior terrestre con Portugal solo podrán realizarse por los pasos autorizados y durante los horarios que se establezcan. A estos efectos, la Dirección General de la Policía acordará con las autoridades portuguesas el listado de pasos y horarios, e informará de ello al público.

Estos son los pasos fronterizos autorizados actualmente: 

– Pasos abiertos las 24 horas del día, todos los días:

.- Tuy-Valença Galicia/Pontevedra

.- Verín-Vila Verde da Raia Galicia/Ourense

.- Alcañices-Quintanilha Castilla y León/Zamora

.- Fuentes de Oñoro-Vilar Formoso Castilla y León/Salamanca

.- Badajoz-Elvas Extremadura/Badajoz

.- Rosal de la Frontera-Vila Verde de Ficalho Andalucía/Huelva

.- Ayamonte-Castro Marim Andalucía/Huelva

– Pasos abierto de lunes a viernes de 8:00 horas a 10:00 horas, y de 19:00 a 21:00 (hora española):

.- Salvaterra Do Miño-Monçao Galicia/Pontevedra

.- Torregamones-Miranda do Douro Castilla y León/Zamora

.- Vilanova del Fresno-Mourao Extremadura/Badajoz

.- Encinasola – Barrancos . Andalucía / Huelva

– Paso abierto los miércoles y viernes de 11:00 a 13: horas:

.- Zarzal la Mayor-Termas de Monfortinho Extremadura/Cáceres

- Paso abierto de lunes a viernes de 07:00 a 21:00 horas: 

.- Valencia de Alcántara-Marvão–Extremadura/Cáceres

Desde la CETM informan que no es necesario que los conductores profesionales porten ningún certificado, pero se aconseja que utilicen el de la Comisión Europea, disponible AQUÍ.

Foto de archivo