Opinión

Me suena a chino. "Camionero García". Opinión

Me suena a chino. "Camionero García". Opinión
Me suena a chino
Me suena a chino. "Camionero García". Opinión

Me suena a chino. Creo que es la mejor respuesta que he leído en los últimos tiempos en los foros de transporte cuando el debate es la normativa vigente para el sector del transporte en Europa.

Que existan dudas sobre algunas cuestiones relativas a la ordenación del tiempo de trabajo de los conductores profesionales es normal. Que el conocimiento de las normas de manera básica y general, puede ser normal también, visto lo engorroso que es el texto legal que acompaña a tan abultada normativa. Y que se ha hecho del Reglamento 561/2006/CE el sanctum sanctorum de lo que hay que cumplir respecto a los tiempos de trabajo y descanso en el sector de transportes.

Dicho reglamento en sus disposiciones preliminares y en el artículo 1 dice:

“El presente Reglamento establece normas sobre el tiempo de conducción, las pausas y los períodos de descanso para los conductores dedicados al transporte por carretera de mercancías y viajeros, con el fin de armonizar las condiciones de competencia entre modos de transporte terrestre, especialmente en lo que se refiere al sector de la carretera, y de mejorar las condiciones de trabajo y la seguridad vial. El presente Reglamento tiene también como objetivo mejorar las prácticas de control y de aplicación en los Estados miembros, así como mejorar las prácticas laborales en el sector del transporte por carretera”.

Pero también dice en los considerando al inicio de la norma y en su punto (5) que:

(5) “Las disposiciones del presente Reglamento relativas a las condiciones de trabajo no deben ser obstáculo al derecho de empresarios y trabajadores del sector a establecer, ya sea mediante negociación colectiva u otros medios, disposiciones más favorables para los trabajadores”.

Y es aquí donde comienza el descontrol de lo que afecta a los tiempos de trabajo y cómo se deben tratar. Son muchos los empresarios que la única norma que entienden es el 561/2006 y que a algunos no les basta y obligan, en cierta forma, a sus conductores a sobrepasar dicho reglamento, a pesar de las sanciones tanto penales y económicas que ello implica. Que también es verdad que muchos conductores asalariados no conocen otra cosa que los artículos más básicos del reglamento escritos en trípticos que muchas veces llevan a confusión porque no entran en materia profunda de muchas cuestiones, pues es la realidad. Y que la formación actual, muchas veces no basta para tener un conocimiento real de los derechos de los trabajadores y su implantación obligatoria en los centros de trabajo, está a la orden del día.

Dicho esto y a mi entender queda claro que la ley no basta para obligar a las partes a cumplir el objetivo, que sin una inspección adecuada y un régimen sancionador que disuada a los empresarios y trabajadores del incumplimiento de las normas, no hay mucho que hacer. Es por esto la importancia por parte de los trabajadores afectados de denunciar todas aquellas acciones que violen sus derechos y exigir el cumplimiento de los acuerdos amparados en los convenios correspondientes.

Creo que la expresión “Me suena a chino” está muy interiorizada en muchos de los conductores asalariados del sector del transporte y este desconocimiento lo aprovechan muchos malos empresarios para abusar de sus trabajadores en materia de horas de trabajo y descanso. Es habitual ese lenguaje dentro de muchas empresas de que “el conductor, cuanto menos normas sepa, más maleable es y por tanto más fácilmente se puede obtener el rendimiento deseado”. 

Es muy lícito por parte de las empresas obtener el máximo beneficio posible, pero lo que no es tolerable es el abuso. Ellas, las empresas y quienes las dirigen, saben o deben saber cuales son sus obligaciones laborales con sus trabajadores y además cumplirlas y de no ser así, están cometiendo ilegalidades en materia laboral y de competencia desleal respecto a lo que dice el Reglamento 561/2006/CE en el artículo 1 de las disposiciones preliminares.

Espero que a los conductores no les suene a chino que lo primero que hay que hacer básicamente es registrar en su tacógrafo las actividades que ejerce en cada momento, para que así quede registrado su tiempo de trabajo y sus descansos y se olviden de sacar su tarjeta de conductor o manipular el tacógrafo para hacer trabajos mientras su aparato de control marca descanso, sino se es cómplice del delito o ilegalidad. 

Porque de otra forma, las posibles sanciones ayudan a aprender idiomas.

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Foto: Archivo