Opinión

Nóminas de los conductores profesionales: "Las dietas". Opinión de Miguel A. Mata Pardo

Nóminas de los conductores profesionales: "Las dietas". Opinión de Miguel A. Mata Pardo
Un camionero al volante
Nóminas de los conductores profesionales: "Las dietas". Opinión de Miguel A. Mata Pardo

Dejar claro que las dietas son un concepto para sufragar gastos de alojamiento y comidas, no generan cotización, ni lleva gasto alguno para la empresa en las nóminas. En función del tipo de empresa en la que se trabaje, esto puede variar en la tipología de nómina que paguen a los conductores profesionales, conceptos y demás variables, unas dentro de términos legales y otras fuera de la legalidad. No lo veo ecuánime que algunas empresas vayan dentro de legalidad y otras se aprovechen, lo cual genera un arrastre de las empresas que cumplen dentro de legalidad con las que no lo cumplen.

Como ya explique anteriormente en otro post, son muchas las empresas que traducen el pago de kilómetros, porcentajes de facturación, zonas y viajes a dietas. La mayoría de casos son exageradas las cantidades que se incluye como dietas, lo que lleva a un perjuicio para el trabajador en su base de cotización (B.S.S), a la hora de cotizar para una futura jubilación, baja laboral o por contingencia común y que concurre en un fraude al INSS.

En este sector siempre han existido reclamaciones de horas a las empresas: horas extras, horas de disponibilidad o de presencia etc. En lo que se refiere a reclamaciones por los excesos en el concepto de las dietas incluidas en las nóminas no hay prácticamente reclamaciones.

Foto: Miguel A. Mata Pardo

Esto es debido a que, tanto la empresa como el trabajador, son culpables del fraude fiscal. Aproximadamente de cada 100 euros que la empresa incluye en el concepto de dietas en la nómina se ahorran 30 euros de pagar al Instituto de la Seguridad Social (INSS). El problema de estas clases de denuncia por el trabajador, es que el trabajador debería ponerse con carácter retroactivo cinco años atrás para poder formular denuncia ante Inspección de Trabajo. Por lo tanto es un perjuicio para ambos y no se llegan a formular esta clase de reclamaciones, y en esto las empresas tienen bien aprendida la lección.

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