El BOE publica la sentencia del T.S. que deroga el requisito de antigüedad de lo vehículos

El BOE publica la sentencia del T.S. que deroga el requisito de antigüedad de lo vehículos

Redacción.- El Boletín Oficial del Estado (BOE), ha publicado la sentencia dictada por el Tribunal Supremo por la que se elimina el requisito de antigüedad máxima de los vehículos, para acceder al transporte de mercancías por carretera.

Recordemos que el pasado mes de septiembre, el Tribunal Supremo dió la razón a la Comisión Nacional de la Competencia, con lo que eliminaba el requisito existente de antigüedad máxima de los 5 meses, que se exigía a los vehículos para acceder por primera vez al transporte de mercancías, sin que se tuvieran en cuenta las condiciones medioambientales o de seguridad vial y de ordenación para realizar transporte de mercancías en España.

Ahora, una vez publicada la sentencia en el BOE, todas las Comunidades Autónomas están obligadas a aplicarla, por lo que desde la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer),  instan al Ministerio de Transportes a que acelere la tramitación de una nueva regulación de acceso al sector que evite una entrada desordenada de nuevos transportistas.

En el BOE se ha publicado el extracto de la sentencia dictada el pasado 28 de septiembre por el Tribunal Supremo, en la que estima el recurso promovido en su día por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contra el nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres que entró en vigor en Febrero del pasado año, asumiendo los argumentos defendidos por este organismo que consideraba “injustificada” y “desproporcionada” la exigencia de una antigüedad máxima de cinco meses para la obtención de la autorización de transporte para quienes pretenden acceder por primera vez al sector, y sin tener en cuanta los argumentos de defensa del medio ambiente y de la mejora de la seguridad vial planteadas tanto por Fenadismer, como por las restantes organizaciones miembros del Comité Nacional del Transporte por Carretera.

De esta forma, desde hoy viernes 6 de noviembre de 2020, las Direcciones Generales de Transporte de las Comunidades Autónomas están obligadas a aplicar la referida sentencia, y en consecuencia a conceder las autorizaciones de transporte que se soliciten sin cumplir dicho requisito de antigüedad, sea cual sea la edad del vehículo de transporte de mercancías con el que se pretenda acceder.

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Para asociaciones como Fenadismer, tendrá efectos muy negativos en la actual ordenación del sector, teniendo como resultado inmediato un incremento importante de la edad media actual de la flota española de transporte por carretera, un empeoramiento de los índices de siniestralidad vial tan positivos que hasta ahora ostentaba nuestro sector.

Además la entrada masiva y desordenada de nuevas personas al sector, especialmente en el segmento del transporte ligero, que como se recordará en 2013 se eliminaron todos los demás requisitos de acceso a este subsector del transporte, contribuirá a su precarización y sometimiento a grandes multinacionales y plataformas tecnológicas.

Desde Fenadismer consideran imprescindible que el Ministerio de Transportes acelere la tramitación de una nueva regulación de acceso al sector, que establezca nuevos requisitos medioambientales y de capacidad económica para poder acceder al sector del transporte de mercancías por carretera en España, de modo análogo a como se regula en otros países de nuestro entorno.

Foto: Archivo