Investigado el conductor de un camión por sextuplicar la tasa de alcohol

imagen de un Guardia Civil en un control de alcoholemia
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Investigado el conductor de un camión por sextuplicar la tasa de alcohol

Europa Press.- La Guardia Civil de la Región de Murcia investiga al conductor de un camión portavehículos de 7,5 toneladas, como presunto autor de delito contra la seguridad vial, por conducir superando seis veces la tasa máxima de alcohol, que en el caso de conductores profesionales es de 0,15 miligramos por litro.

Según han informado fuentes del Instituto Armado, la actuación se inició con un accidente de circulación en la carretera RM-F-14, que une Torre Pacheco con Los Alcázares, a la altura del término municipal de Torre Pacheco, en el que estaban implicados dos turismos que habían colisionado frontalmente.

Los vehículos habían quedado en medio de la calzada e interrumpían el tráfico. Cuando los agentes estaban regulando la circulación observaron que el conductor de un camión portavehículos no atendía las indicaciones de los agentes para que detuviera su marcha, además, aparentaba no encontrarse en condiciones adecuadas para conducir.

Por este motivo, el conductor -un varón español, de 53 años y vecino de Murcia-, fue sometido a las preceptivas pruebas de alcoholemia en las que arrojó un resultado positivo de 0,85 y 0,93 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, en sendas pruebas reglamentarias que se le practicaron, sextuplicando con ello la tasa máxima permitida que en el caso de conductores profesionales.

El conductor, que trasladaba un vehículo averiado desde Torre Pacheco hasta Bullas, resultó investigado como presunto autor de delito de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, al superar con creces las tasas establecidas, siendo puesto a disposición del Juzgado de Instrucción de San Javier, haciéndose cargo del camión una conductora autorizada.

El delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, con tasas superiores a 0,60 miligramos por litro, se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

Foto de archivo