El Supremo suspende de forma cautelar la orden de Sanidad que reduce los plazos de la ITV

Industria devuelve el recorte ilegal de la ITV de los vehículos por el estado de alarma
Vehículo industrial en una ITV
El Supremo suspende de forma cautelar la orden de Sanidad que reduce los plazos de la ITV

Europa Press.- La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado la petición de la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) y ha suspendido de forma cautelar el apartado de la Orden del Ministerio de Sanidad que, con motivo del Covid-19, redujo los plazos en los que los propietarios tienen que pasar las sucesivas inspecciones técnicas de sus vehículos (ITV).

El apartado suspendido dispone que, una vez realizadas las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos cuyos certificados hayan sido objeto de prórroga automática debido al confinamiento, para seleccionar la fecha hasta la que es válida la revisión se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV "y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas".

En su escrito, la sala concluye que procede la suspensión cautelar de dicho artículo ya que lo contrario haría perder la finalidad del recurso.

Fenadismer argumentaba en su petición que la medida le causa no solo un perjuicio económico a los propietarios, ya que tienen que pagar dos veces la tasa con "apenas días de diferencia", sino que también se produciría una pérdida de productividad, por tener que acudir "dos veces seguidas".

Además, la asociación alegaba en su petición que hasta ahora siempre se ha tenido en cuenta la fecha en la que se ha realizado la revisión para marcar la próxima cita y este artículo marcaría una diferencia respecto a esto.

En su auto, el Tribunal Supremo coincide con el contenido del punto 7 de la resolución del Defensor del Pueblo, al que se refiere el recurrente en su petición, que pone de relieve que "al descontar el período de prórroga está acortando de manera artificial la duración de las ITV, produciendo el efecto de obligar a los particulares a realizar la siguiente operación antes de lo previsto".

El Supremo también está de acuerdo con el Defensor del Pueblo y asegura que reducir los plazos de la revisión perseguiría el objetivo de favorecer la recuperación económica de las estaciones de ITV.

Foto de archivo