Ya está en vigor la declaración de desplazamiento de trabajadores a los Países Bajos

Ya está en vigor la declaración de desplazamiento de trabajadores a los Países Bajos
Imagen de la frontera de los Países Bajos
Ya está en vigor la declaración de desplazamiento de trabajadores a los Países Bajos

Redacción.- Ya se encuentra en vigor la obligación de hacer la declaración del personal que se desplace a trabajar a los Países Bajos, pero las autoridades han advertido que hasta el 1 de septiembre no van a empezar a multar por no haber realizado este trámite para que las empresas se vayan acostumbrando a hacerlo.

La dirección web para realizar la declaración es la siguiente: https://meldloket.postedworkers.nl/runtime/

Esta página nos aparecerá en holandés, para poder cambiarlo a inglés (el único idioma que permite), habrá que desplazarse hacia abajo en la página y hay encontraréis un botón que dice “English”.

Una vez dentro de esa página hay que identificarse y para ello hay varias maneras mediante la identificación de la Cámara de Comercio holandesa; mediante el servicio eIDAS del documento de identidad electrónico; o sino se cuenta con nada de lo anterior, registrándose con un correo electrónico.

Una vez registrados entraremos en el menú principal, en este podremos ver las notificaciones que hemos realizado, las que están pendientes de verificación, hacer una nueva o ponernos en contacto con la asistencia al usuario. Para realizar una nueva habría que pinchar en el apartado que indica “New Notification” en la barra rosa de la parte de arriba.

Una vez dentro, lo primero que hay que seleccionar es si se es autónomo o no y si se quiere hacer uso de la declaración que es válida para un año completo. Para hacer uso de esta declaración se tiene que ser o una empresa de entre 1 y 9 empleados o autónomo o tener la sede de la empresa a 100 kilómetros de las fronteras holandesas.

Una vez pasado ese punto, entraremos a rellenar el formulario. Este formulario se inicia con los datos del empleador o persona autorizada en la empresa, los datos de la empresa (en este apartado se encuentra un punto que pide elegir entre la Cámara de Comercio de los Países Bajos y la Cámara de Comercio de otro país, debe de elegirse la de otro país y no es necesario rellenar el dato del número de la Cámara de comercio que pide), persona de contacto en los Países Bajos que puede ser perfectamente el propio empleado que desplazamos (para esto rellenamos los datos de la persona de contacto con los datos del empleado a desplazar y a continuación elegimos la opción de “No” cuando se nos pregunta si la persona de contacto tiene una dirección en los Países Bajos).

En el siguiente punto tendremos que indicar que trabajo vamos a realizar en los Países Bajos y cumplimentar los datos del empleado a desplazar.

Para vuestra información y por si lo necesitáis os facilitamos las tablas salariales que están vigentes en los Países Bajos para el año 2020. Las podéis encontrar pinchando en el siguiente enlace: https://www.rijksoverheid.nl/onderwerpen/minimumloon/bedragen-minimumloon/bedragen-minimumloon-2020.

Foto: Archivo