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¡También es nuestra responsabilidad!. Opinión de Juan Novoa

¡También es nuestra responsabilidad!. Opinión de Juan Novoa
También es nuestra responsabilidad, opina Juan Novoa
¡También es nuestra responsabilidad!. Opinión de Juan Novoa

Autor: Juan Novoa en Foro Comités Empresas Transporte

Después de más de tres largos años el Paquete de Movilidad está aprobado y su entrada en vigor es escalonada, medida que tomaron para aminorar el impacto y dar tiempo suficiente a las empresas para adaptarse a estas nuevas normas.

La primera medida se empieza a aplicar a partir de hoy dia 20/08/2020.

Los primeros cambios del Paquete de Movilidad nos afectan de lleno a nosotros. los conductores, no es lo que esperábamos, se habían puesto muchas expectativas en este cambio en la normativa, esperábamos que fuesen medidas que acabaran de una vez con la precariedad laboral que existe en el sector del transporte, llegando en estos últimos años con la incorporación al mercado de las empresas de los países del este y las llamadas empresas buzón (de eso en España sabemos mucho) a límites que se asemejan a la esclavitud.

Malviviendo muchos de esos conductores todo el año en las cabinas de los camiones sin apenas condiciones dignas de un ser humano.

Pero no fue así se quedó en un paquete de medidas hechas a gusto de los empresarios y sin contar con los que las vamos a sufrir, los conductores. Aún así tenemos que cumplirlas.

La primera de ellas que se empieza a aplicar a partir de hoy nos afecta de lleno a nosotros.

Se trata de los cambios que aprobaron con relación a los tiempos de conducción y descanso, no es la panacea a todos nuestros problemas, ni lo que nosotros esperábamos, pero a mi entender no es tan mala como puede parecer a simple vista, a espera de saber cómo van a controlar que se cumpla .

Ya sabemos que "los pisa moquetas" ponen el carro delante de los bueyes, han sacado la norma y después verán cómo hacen para controlar que se cumpla.

Antes de conocer las normas que cambian, nos interesa saber para que las cambian:

Los conductores que se dedican al transporte internacional de mercancías de larga distancia pasan largos períodos alejados de su domicilio. Los requisitos vigentes en materia de descanso semanal normal pueden prolongar innecesariamente dichos períodos. Es deseable, por tanto, adaptar las disposiciones sobre el descanso semanal normal de modo que sea más fácil para los conductores realizar las operaciones de transporte internacional en cumplimiento con las normas y llegar a su domicilio para disfrutar de su período de descanso semanal normal, y ser compensados íntegramente por todos los períodos de descanso semanal reducido. Dadas las diferencias entre el transporte de viajeros y el de mercancías, esta posibilidad no debe aplicarse a los conductores cuando se dedican al transporte de viajeros.

Toda flexibilidad en la programación de los períodos de descanso de los conductores debe ser transparente y previsible para el conductor y no debe perjudicar en modo alguno la seguridad vial al aumentar el nivel de fatiga de los conductores, ni deteriorar las condiciones de trabajo. Por lo tanto, esta flexibilidad no debe alterar el tiempo de trabajo actual del conductor o el tiempo máximo de conducción quincenal y debe someterse a normas más estrictas sobre compensación de los descansos reducidos.

A fin de garantizar que no se abuse de esa flexibilidad, es esencial definir claramente su ámbito de aplicación y establecer también controles adecuados. Por lo tanto, dicho ámbito de aplicación debe limitarse a los conductores que pasan sus períodos de descanso semanal reducido durante el período de referencia fuera de los Estados miembros de la empresa y fuera del país del lugar de residencia del conductor. Esto puede comprobarse consultando los registros del tacógrafo tanto en carretera como en los locales de la empresa de transporte, ya que contienen la ubicación del principio y del final del período de descanso y la información relativa a los conductores individuales.

Pues bien lo que entra en vigor a partir de hoy dia 20/08 a groso modo es lo siguiente :

En tiempos de conducción: 

Siempre que no se comprometa la seguridad en carretera, el conductor, en circunstancias excepcionales, podrá asimismo no observar lo dispuesto en el artículo 6, apartados 1 y 2, y el artículo 8, apartado 2, superando el tiempo de conducción diario y semanal en un máximo de una hora, para llegar al centro de operaciones del empresario o al lugar de residencia del conductor con el fin de disfrutar del periodo de descanso semanal.

A mi esta medida me parece muy bien siempre y cuando se preocupen de que se cumpla a rajatabla y no se convierta en lo mismo que "la trampa del minuto", que le dieron la vuelta y es un forma de joderle el descanso al conductor

Pero ojo deja claro que es para disfrutar del descanso semanal

En las mismas condiciones, el conductor podrá superar el tiempo de conducción diario y semanal en un máximo de dos horas, siempre que tome una pausa ininterrumpida de treinta minutos inmediatamente antes de la conducción adicional para llegar al centro de operaciones del empresario o al lugar de residencia del conductor con el fin de disfrutar del periodo de descanso semanal normal.

Esta lo mismo que la anterior me parece una buena medida para conciliar la vida familiar de los conductores, siempre que como ya están comentando la usen para cargar cuanto antes el camión y volver a mandarlo de viaje, para evitar eso hacen falta más controles y más efectivos, así como que las sanciones sean ejemplares y no dejen ganas de volver a hacerlo.

El conductor deberá señalar el motivo de la excepción manualmente en la hoja de registro del aparato de control o en un documento impreso del aparato de control o en el registro de servicio, nada más tardar al llegar a destino o al punto de parada adecuado.

Cualquier extensión del tiempo de conducción se compensará con un periodo de descanso equivalente, que se tomará de una sola vez junto con cualquier periodo de descanso antes de que finalice la tercera semana siguiente de la extensión.

Si ponen los medios necesarios para controlar que sea como esta en la norma a priori es una buena medida para los conductores y sus familias, ya que el tiempo conducido de más se debe compensar con un descanso equivalente .

Esperemos que pase como siempre y los cambios se vuelvan en contra de los conductores, como ya ha pasado con anteriores reformas relativas a los tacógrafos.

Que eso ocurra, una vez más, también es nuestra responsabilidad.

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Foto: Archivo Diario de Transporte