Opinión

Menos por más en el transporte de mercancías por carretera. Opinión de Miguel A. Mata Pardo

Menos por más en el transporte de mercancías por carretera. Opinión de Miguel A. Mata Pardo
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Menos por más en el transporte de mercancías por carretera. Opinión de Miguel A. Mata Pardo

Aunque esto os suene raro y extenso lo van aplicar muchas empresas de transporte cuando terminen los ERTEs, “modificación sustancial de condiciones de trabajo”.

¿Qué significa esto?

Que te reduzcan la nómina, incentivos o si bien lo hubiera, acuerdo interno de empresa, lo que es lo mismo, trabajar lo mismo por menos o trabajar más por menos, también pudiera ser reducción de la jornada, que en el sector de transporte es inviable por las jornadas ya abusivas que se hacen y el no cumplimiento de los convenios colectivos.

¿Pueden llevarlo acabó las empresas legalmente?

Y si, desde la nueva reforma laboral del 2012 el Artículo 41 Estatuto de los Trabajadores las Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo. dirección de empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Las causas que se alegaran en la mayoría de las empresas de transporte serán por las causas económicas y productivas.

A todo esto, la bajada del sueldo, incentivos o acuerdos internos tiene que ser firmada por los trabajadores o bien por sus representantes legales si los hubiera para que esta fuera legal. Las empresas utilizan sus artimañas, tácticas o cómo lo queramos llamar, para ponerlo de imposición, y no es lo mismo que la empresa nos imponga estas nuevas condiciones que llegar a una negociación sin acuerdo o con acuerdo.

Toda modificación sustancial de las condiciones de trabajo lleva un periodo de consultas de siete días, donde las dos partes negociaran, puede ser con acuerdo o sin acuerdo, una vez finalizado, si en el caso hubiera sido sin acuerdo pasa a un conflicto colectivo de los trabajadores de la empresa, con un acuerdo pasaría a ser firmado el acta para su legalidad, siempre con un determinado tiempo para cuando la empresa genere ganancia se recupere el salario o incentivos.

¿Que podemos hacer?

Se puede Impugnar la decisión ante el Juzgado Social, es una de las opciones: el juez dictaminaría si es justificado o injustificado el cambio. Lo mejor es ponerlo en manos de abogados laboralista o bien, por el sindicatos sí estuviera afiliado. Todo los trabajadores tenemos un derecho a la justicia laboral.

¿Podremos impugnarla si lo que se firma es voluntario o de mutuo acuerdo?

Una vez firmado, no se podrá impugnar, de ahí la importancia de no firmar documentos donde exponga voluntariamente, de mutuo acuerdo o las típicas “coletillas” engañosas que utilizan las empresas en sus documentos.

¿Qué puedo hacer si la empresa me obliga a firmar con amenazas?

Las grabaciones son legales y no es necesario que lo sepa la otra parte. El despido por la negativa del trabajador a reducirse “voluntariamente” es totalmente nulo.

Las empresas pueden bajar directamente sin ningún papel y documento, está situación en muy frecuente. Se puede impugnar en veinte días hábiles desde que se tuvo conocimiento del cambio.

¿Qué consigo impugnándolo?

Si el juez dice que la bajada de sueldo es injustificada, condenará a la empresa a pagar las diferencias salariales con carácter retroactivo de lo que haya dejado de cobrar: si lo hizo mediante reducción de jornada, no tendrás que trabajarlo.

¿Y si el juez dice que es justificada la reducción?

Podrás irte de la empresa en un periodo de 15 días después de la sentencia con una indemnización de 20 días por año, máximo nueve mensualidades y con derecho a paro.

Las empresas tiene sus diversa formas de actuar en cuanto a las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y no es ningún beneficio para los trabajadores en ningún caso. Ho bien vendrán como siempre, con el típico discursito empresarial de arrimar todos el hombro, que solo lo dicen cuando van mal las cosas. Cuando van bien, nunca arriman el hombro para subirte el sueldo por encima del de Convenio.

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Fotos:  Miguel A. Mata Pardo