Publicadas las restricciones para camiones en Italia para el 2.020

Francia restablece las restricciones a camiones a partir de este sábado
Señal de prohibido
Publicadas las restricciones para camiones en Italia para el 2.020

MikelGF.- El pasado 30 de diciembre se publicó en la Gaceta Oficial de Italia el Decreto del Ministerio de Transporte de 12 de diciembre en el que se establecen los días en lo que se prohibirá la circulación de vehículos industriales de más de 7,5 toneladas, así como las exenciones para este tipo de vehículos y mercancías.

El calendario de restricciones para 2020 no cambian significativamente en comparación con el año anterior. Continúa la prohibición de circular todos los domingos en territorio italiano, aunque el horario varía en función de la temporada. De enero a mayo y de octubre a diciembre el horario de las restricciones será de las 9:00 horas a las 22:00 horas, mientras que de junio a septiembre el horario será desde las 7:00 horas a las 22:00 horas.

Durante los meses de julio y agosto también estará prohibido circular los sábados desde las 8:00 horas hasta las 16:00 horas, salvo excepciones que podrá ser ampliado. Incluso los viernes, aunque en diferentes horarios, que se ampliarán desde las 16:00 a las 22:00 horas. Como siempre, las prohibiciones entre semana se concentran alrededor de Pascua, 15 de agosto y Navidad. En abril, los camiones tendrán que detenerse el lunes 13 y el martes 14 (reintroducción de estas vacaciones), en diciembre habrá prohibición de circular del viernes 25 al domingo 27.

Un anexo del artículo 7, que se refiere a los tipos de vehículos exentos de la prohibición, enumera los que se benefician de la excepción, incluso si viajan sin carga: Son principalmente camiones cisterna para el transporte de líquidos alimenticios para humanos o animales y combustibles, así como máquinas agrícolas. Las autorizaciones de las prefecturas para realizar actividades de transporte específicas durante las horas de prohibición siguen vigentes, incluida la posibilidad de realizar viajes vacíos para llegar al lugar de carga.

Los vehículos industriales que transportan mercancías peligrosas en el régimen de Adr sufren prohibiciones adicionales. Los de las clases 1 y 7 no podrán viajar incluso de 8.00 a 24.00 todos los sábados y de 00.00 a 24.00 (prácticamente nunca) todos los domingos, en el período del 23 de mayo al 6 de septiembre. Esta prohibición también se aplica a vehículos con una masa total de hasta 7.5 toneladas. Pero el decreto prevé algunas excepciones.

Foto: Archivo Diario de Transporte