Incidencia de la enfermedad cardíaca en la conducción

Incidencia de la enfermedad cardíaca en la conducción
Imagen de un electrocardiograma
Incidencia de la enfermedad cardíaca en la conducción

La persona con una enfermedad cardíaca que conduce puede presentar un mayor riesgo de accidente por su enfermedad o sus síntomas, como por ejemplo una pérdida de conocimiento repentina al volante que le impida detener el vehículo o  bien,  puede sufrir efectos secundarios por  la medicación que pueden afectar a la seguridad vial.

En el presente post vamos a hacer referencia a los conductores con una enfermedad cardíaca diagnosticada que llevan implantado un marcapasos o una válvula cardíaca  y los que han sufrido un infarto y quieren obtener o renovar el permiso de conducir. También nos referiremos al supuesto de intervención coronaria percutánea programada (cateterismo programado).

¿Puedo conducir si llevo un marcapasos ?

Tras la implantación del marcapasos no podrá conducir hasta transcurrido un tiempo.

En el caso del conductor con permiso de conducir B, transcurrido 1 mes desde la implantación del marcapasos, podrá obtener o prorrogar el permiso de conducir con un informe favorable de un especialista en Cardiología y por un periodo de vigencia establecido a criterio facultativo.

En el caso de conductores profesionales, transcurridos 3 meses  desde la implantación del marcapasos, podrán obtener o prorrogar el permiso de conducir con un informe favorable de un especialista en Cardiología y por un periodo de vigencia máximo de 2 años.

Puedo conducir tras sufrir un infarto ?

En los primeros 3 meses tras un infarto agudo de miocardio no podrán obtener o renovar el permiso de conducción ningún conductor

En el caso de conductores  profesionales con  antecedentes de infarto, podrá obtener o  renovar el permiso de conducción siempre que obtenga una  prueba ergométrica negativa y con informe favorable del cardiólogo, y por un período de vigencia máximo a 1 año.

¿Y tras la colocación de una válvula cardíaca?

En el caso del conductor con permiso de conducir B, transcurridos 3 meses desde la colocación de la prótesis valvular, podrá obtener o prorrogar el permiso de conducir con un informe favorable de un especialista en Cardiología y por un periodo de vigencia máximo de 3 años.

En el caso de conductores profesionales, transcurridos 6 meses desde la colocación de la prótesis valvular, podrán obtener o prorrogar el permiso de conducir con un informe favorable de un especialista en Cardiología y por un periodo de vigencia máximo de 1 año.

¿Y después de un cateterismo programado por enfermedad cardíaca ?

En el supuesto de intervención coronaria percutánea programada, el conductor con permiso B, transcurrida 1 semana del procedimiento, en ausencia de angina en reposo o pequeños esfuerzos, y con informe favorable del cardiólogo, podrá obtener o prorrogar su permiso de conducir con un periodo máximo de vigencia de 3 años.

Si se trata de un conductor profesional, transcurridas 4 semanas el procedimiento, en ausencia de sintomatología isquémica, con prueba ergométrica negativa, fracción de eyección superior a 40% y con informe favorable del cardiólogo, podrá obtener o prorrogar su permiso de conducir con periodo máximo de vigencia de 2 años.

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