Opinión

El falso autónomo transportista. Por Unionlex, SL. Abogados

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El falso autónomo transportista. Por Unionlex, SL. Abogados

Redacción.- CASO: Se puso en contacto un presunto “transportista” del sur de España que trabaja con una gran empresa donostiarra de transporte, con un vehículo alquilado, trabajo, todas las facturas con ellos, rutas, tarjetas, barco, autopista…es decir, todo con esta empresa.

Esta en un régimen inquisitorial de ordenes y con la amenaza continua de “no trabajar con ellos y pagarle todo lo que les debe”.

Esa empresa utiliza burdamente distintas sub-empresas deslocalizadas de Donostia: empresa de transportes en otras provincias, cooperativas en el levante, empresa de alquiler de vehículos…hasta en Marruecos.

REQUISITOS PARA SER CONSIDERADO FALSO AUTÓNOMO.

1.- Los portes te lo dan la misma empresa o grupo de empresas, y el autónomo NO tiene capacidad de negociar los PRECIOS.

2.- FACTURAS PERIÓDICAS y un mismo sistema de PAGOS.

3.- Las RUTAS, HORARIOS son definidas siempre por el empresario.

4.- FACTURACIÓN del autónomo con la misma o mismo grupo de empresas.

5.- UTILIZACIÓN LOGOS en el vehículo de la empresa matriz.

6.- Pago de GASOIL, AUTOPISTA, BARCOS con tarjetas de la empresa matriz.

7.- Alquiler de vehículos facilitado por empresa matriz

8.- Obligaciones de asistencia a determinados cursos, prevención de riesgos…

Para ser considerado FALSO AUTÓNOMO es el cumplimiento de todos esos requisitos o parte considerable de ellos.

La utilización de las dificultades de los trabajadores imponiéndole normas, pagos, rutas…y al final de todo, al humilde trabajador le queda el silencio ante las consecuencias negativas de quedarse sin trabajo y la acumulación posterior de deudas es indecente que lo hagan estas grandes empresas como manera de ahorro (seguros sociales) y ser una única empresa de servicios que le ofrece todo al trabajador (tarjetas, gasoil, autopista, barco, bancos, alquiler vehículo…) donde comisionaran en todo esclavizando al débil.

Por desgracia, esta operativa no es seguida solo por grandes empresas, sino que se ha extendido a empresas medianas.

CONSECUENCIAS DE SER CONSIDERADO UN FALSO AUTÓNOMO

1.- Devolución de las cuotas de autónomo pagadas hasta cuatro años.

2.- Consideración de empleado por cuenta ajena por el mismo tiempo de trabajo con la empresa.

3.- Pago de todos los seguros sociales a la Seguridad Social por parte de la empresa.

4.- Inspección a esa empresa.

5.- Regularización de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores que estuvieran en las mismas condiciones.

6.- Sanción a la empresa hasta 10.000 euros por empleado.

7.- Sanción penal según el caso (impago de cuotas a la SS mas de 50.000 euros)

Me preguntaba este señor, ¿QUE PUEDO HACER?

CUALQUIER PERSONA QUE SE CONSIDERE ESTAR EN ESA SITUACIÓN PUEDE HACER:

1.- Denuncia anónima en el buzón de lucha contra el fraude laboral del fraude (simple formulario).

2.- Denuncia ante la Inspección de Trabajo (puedes pedir confidencialidad)

3.- Demanda ante los Juzgados de lo Social para reconocimiento de falso autónomo.

4.- Demanda ante los Juzgados de lo Social tras un despido.

En el surco del arado entierra el hombre sus vicios. (Victor Hugo).

Firmado: Antonio Lechuga. Autorizada la publicación por:  Unionlex, SL. Abogados .