Opinión

“TARDE” Por Manuel Pérezcarro Martín. Opinión

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“TARDE” Por Manuel Pérezcarro Martín. Opinión

Con tres años y medio de retraso sobre la fecha tope prevista en la Ley, por fin se ha publicado el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Después del periodo de alegaciones por parte del Comité Nacional de Transportes, el Ministerio de Fomento metió el borrador en un cajón y su contenido definitivo no fue desvelado hasta que fue devuelto, tras su informe, por el Consejo de Estado poco antes de su aprobación definitiva por el Consejo de Ministros, debiendo el Comité Nacional formular a prisa y corriendo algunas enmiendas de las que, finalmente, se atendió la relativa a la antigüedad de los vehículos.

Se ha tenido en vilo al sector, sin necesidad, durante un largo período de tiempo, y no se le ha dado explicación alguna de por qué se ha llevado a cabo la operación con tal lentitud y secretismo.

¿A qué se ha debido esta postura del Ministerio de Fomento con independencia de quien ostentaba su dirección? Los malpensados lo atribuyen a presiones de los cargadores que habrían pretendido ciertas modificaciones convenientes a sus intereses, entre ellas, la desaparición de la antigüedad de los vehículos, lo que suavizaría el acceso al mercado y aumentaría aún más la atomización y la enorme competencia existente pudiendo, de esta forma, imponer con mayor facilidad aún sus condiciones en la contratación del transporte.

Sólo la firme postura mantenida por el Comité Nacional ha impedido lo que podría haber provocado un desastre para el sector.

Por otra parte, conocida su publicación, es cierto que puede haber aspectos mejorables en el nuevo Reglamento pero, en su conjunto, lo podemos calificar de positivo para la ordenación del sector.

Elevar el nivel de cualificación para la obtención del certificado de competencia profesional exigiendo, con carácter previo, estar en posesión del título de bachiller superior o formación profesional de grado medio; las mayores exigencias en la vinculación del gestor de transporte con la empresa con el fin de eliminar el denominado “alquiler de títulos” o la mejora de las medidas de control en la formación de los cursos CAP de los conductores a través del control biométrico de los alumnos evitando, de esta forma, el fraude que han venido practicando ciertos centros de formación, han sido cuestiones largamente demandadas por el sector cuyos beneficios se irán percibiendo con el transcurso del tiempo.

Una novedad interesante es el establecimiento de un Índice de Reiteración Infractora (IRI) vinculado a la pérdida de la honorabilidad del titular de la autorización de transporte así como del gestor y la nueva calificación de las infracciones, lo que va a producir verdaderos quebraderos de cabeza a algunos.

Han sido revisados otros muchos aspectos como el relativo a la desaparición física de las autorizaciones de transporte; nueva regulación de las concesiones en el transporte de viajeros; el funcionamiento de las Juntas Arbitrales o la composición y estructura del Comité Nacional

El retraso sufrido en la elaboración y publicación del Reglamento –hay que recordar que la Ley data de 2013- ha perjudicado al sector, al igual que está perjudicando el retraso que sufrió la trasposición de la Directiva sobre Desplazamiento de Trabajadores, provocado la prolongación en el tiempo de situaciones indeseadas de competencia desleal.

Por eso digo, bienvenido sea el nuevo Reglamento, pero llega tarde.

Manuel Pérezcarro Martín . Secretario General FROET

Foto: Archivo Diario de Transporte