Qué son los falsos autónomos y qué riesgos corre la empresa al tenerlos

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Qué son los falsos autónomos y qué riesgos corre la empresa al tenerlos

La crisis dejó en herencia un mercado laboral que difícilmente volverá a ser el que era. Al menos, a corto o medio plazo. Si bien no lo alumbró, uno de los movimientos que desde luego amplificó fue la transformación de asalariados en autónomos. Obviamente, más por necesidad que por vocación o por contar con una profesión apta para la actividad por cuenta propia. Un cambio de aires laborales aceptable, valiente y, lo que es más importante, tan legítimo como legal.

Sin embargo, ante tal avalancha de nuevos autónomos, en algunas empresas quisieron llevar a la realidad -y aún lo hacen- aquello de "a río revuelto, ganancia de pescadores".¿Cómo? Pues teniendo a uno o a varios de estos profesionales en el negocio o en la oficinarealizando labores de empleado pero sin cotizar a la Seguridad Social, lo cual es una práctica fraudulenta.

Al igual que ocurrió con la masiva reconversión citada en el primer párrafo, los falsos autónomos no surgieron durante la crisis, aunque sí se disparó su número y se diversificó su perfil durante ese periodo. De este modo, antes de ese episodio económico tan adverso esa figura se limitaba a profesiones de baja formación, pero después acabó por extenderse a otras que exigen una cualificación mayor.

Qué son los falsos autónomos

El falso autónomo es un asalariado encubierto. En otras palabras, se trata de un profesional vinculado de forma exclusiva y dependiente a una empresa tal cual lo está un empleado corriente en cuanto a las obligaciones. Eso sí, carece de los derechos y de los beneficios que marca la ley para los trabajadores contratados. Además de un fraude a la Seguridad Social,en la práctica supone que el trabajador se queda con la peor parte tanto del mundo de los asalariados como de la esfera de los autónomos.

Las diferencias entre un falso autónomo y un empleado por cuenta propia legal son notables. Así, el autónomo tiene la facultad de rechazar encargos, negocia con los clientes la retribución por cada uno de ellos, trabaja en su casa o en el lugar que quiera, fija su horario como mejor le convenga y se distribuye las tareas bajo su propio criterio. Teniendo en cuenta, eso sí, las fechas de entrega, de cierre o de conclusión del proyecto previamente pactadas. Por su parte, el falso autónomo no puede negarse a hacer una tarea, percibe un sueldo fijo, tiene la obligación de acudir a un puesto de trabajo cada día en un horario fijo y acepta la distribución de actividades que le marca la empresa sin posible discusión.

Las cuotas a la Seguridad Social, la clave de los falsos autónomos

¿Por qué un empresario opta por trabajar con falsos autónomos? Pues por una mera cuestión de ahorro de costes: al contar con un empleado de manera fraudulenta, evita pagar las cuotas a la Seguridad Social -el quid de la cuestión en este asunto- que sí abona por los asalariados al uso. ¿Merece la pena correr el riesgo de cometer un fraude a la Seguridad Social, compensa porque el gasto de las cotizaciones es elevado? La respuesta la tiene cada uno en su propio negocio, conciencia y mentalidad, pero es cierto que el coste para un empresario de tener un trabajador no es baladí: puede afirmarse que, de media, un empleado le cuesta al contratante frente a la Seguridad Social un tercio de su base de cotización. Además, por supuesto, de pagar el salario y otros posibles gastos.

A quién beneficia la figura del falso autónomo

El claro perdedor en este escenario es el profesional que trabaja como falso autónomo: sin contrato no hay derecho a indemnización por despido, a baja médica (salvo que elija cotizar por ella de forma expresa, cobrando después según la base cotizada) , a contabilizar la antigüedad, etc. Así que es el empresario el que sale ganando por el ahorro de gastos y que, como consecuencia, puede hacer que su negocio sea más competitivo. Pero, si este último no abona las cuotas a la Seguridad Social, ¿quién lo hace? Pues el empleado por cuenta propia contratado de manera fraudulenta, que, además de estar en inferioridad de condiciones respecto al asalariado, se ve obligado a hace frente a este coste.

Asimismo, los daños colaterales los reciben, por un lado, las empresas que sí respetan la legalidad al contratar puesto que sufren una competencia desleal y, por otro, el conjunto de la sociedad a través de la Seguridad Social, ya que las arcas públicas dejan de ingresar cada año una millonada por causa de los falsos autónomos, como veremos más adelante.

Riesgos para la empresa de contar con falsos autónomos

A pesar de que se trate de una práctica bastante extendida, y que de entrada puede suponer un ahorro de costes, las consecuencias de operar con falsos autónomos son considerables, como destacan desde Ceca Magán Abogados:

  • Si la Inspección de Trabajo detecta el fraude, la empresa se verá obligada a dar de alta al trabajador en la Seguridad Social.
  • Además, también le tocará pagar las cuotas no abonadas con un recargo que se establecerá en función de varios parámetros: salario del trabajador, tiempo de contratación fraudulenta, etc.
  • Por si fuera poco, la empresa deberá firmar un contrato de carácter indefinido con el empleado, que incluirá la antigüedad.

Sanciones para la empresa por trabajar con falsos autónomos

Dado que el Gobierno, al igual que las principales asociaciones que representan a los profesionales por cuenta propia, consideran que practican una competencia desleal, están previstas multas para las empresas que trabajen con falsos autónomos. En concreto, y según la magnitud de la infracción cometida, las sanciones económicas pueden ir desde los 3.126 € hasta 10.000 €.

En ese sentido, si eres empresario o gestionas un negocio, debes tener presente que la Inspección de Trabajo tiene entre sus grandes objetivos erradicar a los falsos autónomos o, cuanto menos, minimizar su número lo más posible. No en vano, el Ejecutivo de Pedro Sánchez creó el Plan Director por un Trabajo Digno 2018-2020 a finales de julio para profundizar en ese tarea. El Gobierno informó en el mes de septiembre de 8.000 falsos autónomos que habían pasado al Régimen General de la Seguridad Social (RGSS), aunque espera que sean más de 40.000 los empleos fraudulentos que acaben aflorando.

Cuántos falsos autónomos hay en España

En cuanto al número de empleados por cuenta propia que trabajan de manera fraudulenta,hay disparidad de cifras según las fuentes. Para que puedas contextualizar, cabe recordar que de los más de 18 millones de trabajadores que hay en España, unos 12 millones son empleados al uso (siendo más de 900.000 los asalariados por trabajadores por cuenta propia), 3 millones son funcionarios y 3,2 millones son autónomos. De estos últimos, entre 90.000 y 100.000 son falsos, según las estadísticas que manejan en la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos, ATA.

Por su parte, el Gobierno, aunque admite la dificultad para dar un número total de trabajadores por cuenta propia que actúa de manera fraudulenta, aporta las siguientes claves analizando la Encuesta de Población Activa (EPA):

  • Hasta 165.900 de estos profesionales declaran carecer de la posibilidad de influir sobre el contenido de sus tareas, el orden en el que las efectúan o cómo se organizan ellos para desarrollarlas; todos ellos rasgos típicos de los empleados por cuenta propia.
  • Tomando la variable de aquellos que han tenido como máximo un cliente en los últimos doce meses, el montante queda en 185.500.
  • Son 222.400 supuestos trabajadores autónomos los que no pueden elegir su horario de trabajo, lo cual, en general, suele ser inherente a la actividad por cuenta propia.

Otra de las asociaciones que representa a los empleados de este segmento, la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE), cifra los falsos autónomos en más de 210.000 y, finalmente, en algunos despachos laboralistas creen que podrían rondar los 300.000.

Si se dan por válidas las estimaciones de UATAE en las que se asegura que cada falso autónomo cuesta 2.700 euros anuales a las arcas públicas, el fraude a la Seguridad Social en su conjunto se queda en una horquilla de entre 250 y cerca de 800 millones de euros en números redondos. ATA, por su parte, deja el espectro entre los 350 y los 400 millones. Aun tomando el total más bajo, no es de extrañar que la Inspección de Trabajo tenga puesta la lupa sobre los falsos autónomos.

Diferencias entre falsos autónomos y los económicamente dependientes

En último lugar hay que diferenciar entre un falso autónomo y otro económicamente dependiente. De entrada, este último es una figura reconocida dentro del ordenamiento jurídico y cuenta con un contrato ad hoc, lo cual ya es remarcable. Pero, además, los también conocidos por el acrónimo Trade llevan a cabo una actividad económica o profesional de forma habitual, directa y predominante para una persona física o jurídica.La denominación de esta modalidad de trabajador por cuenta propia se debe a que depende económicamente de un cliente al recibir del mismo, como mínimo, el 75% de sus ingresos profesionales. Aquí puedes profundizar entre las diferencias entre falsos autónomos y los profesionales por cuenta propia económicamente dependientes.

Fuente: businessinsider.es

Foto: Archivo Diario de Transporte