¿Que hay que hacer para fundar una empresa de transportes?

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Camiones
¿Que hay que hacer para fundar una empresa de transportes?

El transporte público de mercancías por carretera (aquel en el que el titular del vehículo no es el propietario de la mercancía) requiere de una autorización administrativa llamada “Autorización Público de Mercancías” (popularmente conocida como “tarjeta”) para la cual hay que cumplir una serie de requisitos:

Ser persona física o jurídica.

Tener la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea; o bien de un Estado no miembro de la UE, a cuyos ciudadanos, en virtud de los tratados o convenios internacionales firmados por España, no les sea exigible el requisito de la nacionalidad.

Tener la capacitación profesional para ejercer la actividad de transporte de mercancías (+info).

Cumplir el requisito de honorabilidad, es decir: no haber sido condenado, por sentencia firme, por delitos dolosos a penas de inhabilitación o suspensión de la profesión de transportista. No haber sido sancionado de forma reiterada por infracciones muy graves en materia de transportes. No incurrir en incumplimiento muy grave y reiterado de las normas fiscales, laborales, de Seguridad Social, de seguridad vial o de medio ambiente.

Disponer de un capital (en caso de persona jurídica, capital desembolsado y reservas) de al menos 9.000 € cuando se utilice un vehículo solo. Por cada vehículo adicional se deben añadir 5.000 € más.

Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal.

Cumplir con las obligaciones laborales y sociales.

Disponer de un número mínimo de tres vehículos en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento financiero (leasing) o similar que no superen los cinco meses de antigüedad desde la primera matriculación. Estos vehículos deben sumar conjuntamente, como mínimo, 60 toneladas de carga útil. Las cabezas tractoras se cuentan según su masa máxima remolcable, hasta un máximo de 25 toneladas de carga útil por cada cabeza tractora.

No tener autorizaciones de la misma clase en alta o de cualquier clase en baja recuperable.

Disposición de establecimiento.

Con respecto a la subcontratación de otros transportistas, si eres transportista y ya tienes tarjeta, puedes subcontratarlos sin problemas con unos ciertos límites. Si no eres transportista, o lo quieres hacer ilimitadamente por ejemplo porque la empresa que quieres montar es una agencia de transportes, tienes que tener una autorización administrativa, llamada “Autorización de Operador de Transporte de Mercancías o simplemente OT (+info), que es un otorgamiento de autorización para ejercer las actividades de agencia de transporte de mercancías, transitario o almacenista-distribuidor, y aprobación de modificaciones relativas a la misma.

Estos son los requisitos que debes cumplir para obtener la OT:

Personas Físicas

1. Solicitud normalizada

2. Justificante de haber ingresado la correspondiente tasa.

3. DNI y NIF del solicitante.

4. Declaración de honorabilidad.

5. Certificado de capacitación profesional del solicitante para el ejercicio de las actividades de agencia de transporte de mercancías, transitorio y almacenista distribuidor (CAP), o de otra persona que aporte:

Alta como directivo de la empresa solicitante en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda.

Escritura notarial de poderes generales otorgados a su favor en la que conste expresamente la capacidad de disposición de fondos sobre las principales cuentas bancarias.

Si el capacitado profesional viene aportando su capacitación a otras empresas, se acompañará declaración de dicha persona, con firma reconocida, en la que desista de continuar capacitando a las mismas, salvo en el supuesto de empresas cuyo capital pertenezca en más del 50% a un mismo titular. En dicha declaración se indicará nombre y NIF/CIF de las empresas a las que ha dejado de capacitar.

6. Acreditación de capacidad económica por importe de 60.000 euros, justificada mediante alguno de los siguientes documentos:

Declaración del Impuesto sobre Patrimonio.

Si estuviera exento de dicho impuesto, alguno de los siguientes:

Certificación de entidad financiera acreditativa de la suficiencia de su capacidad económica.

Declaración responsable del solicitante de cumplir el requisito de capacidad económica, acompañada de otros documentos contables, comerciales o financieros justificativos de poseer activos disponibles.

6. Declaración de alta en I.A.E o, si está exento del mismo, en el censo de obligados tributarios.

7. Certificación acreditativa de la inexistencia de deudas referidas al IAE, IRPF e IVA y de haber presentado las declaraciones correspondientes a dichos impuestos en los doce últimos meses. Si la empresa no hubiera estado obligada a su presentación, acompañará declaración responsable en tal sentido.

8. Certificación acreditativa de la inexistencia de deudas con la Seguridad Social, de estar en alta y de haber cotizado durante los doce últimos meses. Si no hubiera estado obligado a cotizar, acompañará declaración responsable en tal sentido.

9. Licencia municipal de apertura del local en el que se vaya a ejercer la actividad o documento acreditativo de haberla solicitado, al que se acompañará, en este último caso, el título de disposición del local.

Sociedades

Documentación referida en el apartado de personas físicas con las siguientes particularidades:

Los documentos exigidos en el punto 3 se sustituyen por:

CIF.

Escritura de constitución debidamente registrada.

La declaración de honorabilidad (punto 4) ha de ser formulada por todos los directivos.

En relación con el requisito de capacitación profesional (punto 5) se aportará:

Escritura de poderes generales a favor del capacitado en los términos indicados para las personas físicas, debidamente registrada.

Justificante de alta del capacitado en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda o justificante de que éste posee, al menos, un 15% del capital de la empresa.

Los importes justificativos de la capacidad económica (punto 6) se habrán de alcanzar mediante las cuentas de capital social y reservas, acreditandolo con alguno de los siguientes documentos:

Copia compulsada del balance incluido en la declaración del Impuesto de Sociedades del último ejercicio.

Por último, ten en cuenta, que la realización de transporte requiere cumplir con una serie de requisitos (horas de trabajo máximas, documentación obligatoria que vaya en el camión,…), así como debes de tener en cuenta que para el transporte de cierto tipo de mercancías (mercancías peligrosas, animales vivos, residuos,…) tiene su normativa específica. Parece mucha información y en realidad lo es, por eso es obligatorio obtener el CAP (donde aprenderás todas estas cuestiones) antes de montarte tu empresa de transportes.

Fuente consultada: pretiumgestion.com

Foto: Archivo Diario de Transporte