Opinión

Información sobre el tacógrafo: La Regla del Minuto. Por Marcos Veiga.

En corto: La regla del minuto y el tonto de turno. "Camionero García". Opinión
Foto regla del minuto
Información sobre el tacógrafo: La Regla del Minuto. Por Marcos Veiga.

La Regla del Minuto.

En el mes de diciembre del 2009 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión europea el Reglamento UE 1266/2009 de La Comisión, por el que se adapta por décima vez al progreso técnico el Reglamento (CEE) 3821/85 del Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera.

Entre los considerandos del citado reglamento encontramos un párrafo que dice textualmente:

“Para asegurar que, en los controles de carretera, puedan determinarse tanto los patrones de conducción como los registros de conducción «reales» disponibles, deben simplificarse el cálculo de los tiempos de conducción y el redondeo a un minuto de los períodos de actividad.”

Efectivamente, además de otros aspectos relacionados con la fabricación y seguridad de los aparatos, se incluían también modificaciones en el capítulo de funciones y condiciones, relativas a la manera de registrar las actividades efectuadas por los conductores.

Si bien, la unidad de tiempo mínima de registro es el minuto, se considerará que cualquier minuto es de una misma actividad, “concretamente la que haya tenido lugar de forma continuada y durante más tiempo durante ese minuto (en caso de haber dos actividades de la misma duración, la que se haya producido en último lugar).

Esta novedad legislativa, aplicable desde octubre del 2011, va a aportar ventajas a la hora de computar los tiempos dedicados a cada actividad, pudiendo en algunos casos, llegar a ahorrar considerables sumas de horas de conducción en función de la actividad laboral que se realice.

Para comprobar las ventajas en condiciones reales de trabajo, la firma Stoneridge, en colaboración con Coca-Cola Suecia, llevaron a cabo un estudio de campo a principios del año 2011. Para ello, en algunos camiones se instalaron tacógrafos que incorporaban la nueva regulación, con lo que los vehículos operaban con ambos aparatos a la vez. De esta manera consiguieron una comparación directa y real de las “bondades” de la nueva forma de registrar. El resultado en los vehículos de distribución urbana fue un excepcional ahorro de tiempo de conducción diario.

Hay que dejar claro que esta forma de registro efectuada por los aparatos de control es una consecuencia de la nueva regulación y por lo tanto, ese ahorro de tiempo de conducción es absolutamente legal. Pero la picaresca humana, especialmente aquella subyacente en el mundo del transporte por carretera, va a aprovecharse de esta nueva ventaja para enmascarar actividades cuyas consecuencias, en caso de ser descubiertas, pudieran ser constitutivas de infracción.

Vamos a ver dos ejemplos prácticos de casos reales en los que se puede apreciar la ventaja del registro según la regla del minuto. En ambos casos la situación resultante es muy distinta, posicionándonos en escenarios de legalidad o ilegalidad.

Supuesto de un atasco.

El primero de los ejemplos nos lleva a una situación de embotellamiento de tráfico, propio de las ciudades, o bien un atasco debido a obras en la vía o a algún accidente.

En este caso, el conductor se encuentra con el atasco a las 16:04 que dura hasta las 16:56. El registro de actividades del conductor refleja un periodo de otros trabajos dese las 16:05 hasta las 16:45 con una duración de 40 minutos.

Al igual que en el caso anterior, si comparamos el registro de actividad con los datos de velocidad del tacógrafo, podemos ver que también en este caso, ha habido movimientos del vehículo, mientras que el registro final es de 45 minutos de pausa.

En este punto es necesario indicar que el registro realizado por el tacógrafo de la actividad computada es totalmente legal y ajustado a lo estipulado reglamentariamente. Aún así, es imperativo recordar que el propio reglamento CE 561/2006 estipula que una pausa es “cualquier período durante el cual un conductor no pueda llevar a cabo ninguna actividad de conducción u otro trabajo y que sirva exclusivamente para su reposo.” Y en cuanto al descanso se nos define como “cualquier período ininterrumpidodurante el cual un conductor pueda disponer libremente de su tiempo.”

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Por lo tanto, una pausa o un descanso nunca pueden ser interrumpidos para realizar otro tipo de actividad.

En este ejemplo se observa que durante el periodo registrado como pausa, ha habido hasta tres interrupciones del descanso, con una distancia recorrida de 94 metros entre todas ellas. En detalle, vemos uno de los movimientos, efectuado entre las 17:14:06 y las 17:14:30, con un total de 25 segundos de conducción.

Tickets impresos del Tacógrafo.

Con estos dos ejemplos, se pone de relieve la incidencia en las actividades de la forma en que un tacógrafo moderno tiene para realizar el registro final. Es importante tener en cuenta esta característica para poder sacarle el máximo partido a nuestro equipo y conseguir beneficiarnos de lo que nos ofrece.

De la misma manera, es importante apelar a la ética y a la buena fe, ya que, de la misma manera que el tacógrafo nos puede ayudar “quitando” minutos de conducción en situaciones como atascos, obras o paradas muy frecuentes, también es posible utilizar este recurso para enmascarar situaciones antirreglamentarias, con lo cual, en caso de ser descubiertas, nos pueden poner en situación de ilegalidad pese a que el registro sea totalmente legal.

Si nuestro equipo dispone de la opción de impresión del perfil de velocidad del vehículo, estas situaciones las podremos visualizar de una manera rápida. En la imagen, los tickets del tacógrafo donde se ven los ejemplos descritos anteriormente.

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Publicado el 21 de septiembre de 2018 en: enlacarretera.pro