Todo lo que debes saber sobre los tiempos de conducción y descanso

Todo lo que debes saber sobre los tiempos de conducción y descanso.
Camionero descansando en la cabina
Todo lo que debes saber sobre los tiempos de conducción y descanso

Para garantizar la seguridad en carretera y para evitar sanciones. Debemos organizar los descansos y la conducción de la mejor forma posible.

El siguiente artículo es válido para todo el territorio continental español y la isla de Mallorca. Estando legislado de forma diferente en las islas, e incluso en las más pequeñas como Formentera no cuenta con ningún tipo de legislación.

¿Cuánto puedo conducir?

Periodos de conducción

El máximo tiempo de conducción ininterrumpida es de 4 horas y media, después de este período hay que hacer una parada de al menos 45 minutos. También se puede cambiar esta pausa por una pausa intercalada.

  • Conducción diaria: el tiempo máximo de conducción es de 9 horas, pero de manera excepcional dos veces por semana que puede llegar hasta las 10 horas.
  • Conducción semanal: El máximo tiempo de conducción semanal permitido es de 56 horas.
  • Conducción bisemanal: El tiempo de conducción en dos semanas consecutivas no puede ser superior a 90 horas. De forma que debemos tener en cuenta la semana anterior y posterior.

¿Cuánto tengo que descansar o parar?

Periodos de Pausas

  • Continua: Después del periodo máximo de conducción de 4,30h el chofer podrá hacer una pausa ininterrumpida superior a 45 minutos.
  • Intercalada: Se puede sustituir la pausa continua de 45 min. por dos pausas de 15 y 30 minutos intercaladas en cada periodo de conducción (4 horas y 30 minutos). Siempre deben ser realizadas las pausas en ese orden (15+30)

Periodos de Descansos

Diario: Después de una jornada de conducción el conductor debe tomarse un descanso diario. Los descansos diarios deben realizarse dentro de las 24 horas después de haber realizado el anterior periodo de descanso.

  • Normal: Descanso mínimo de 11 horas.
  • Fraccionado: Se puede tomar un descanso de 9 horas, siempre que ya se haya realizado ese día un descanso de anterior de 3 horas. Dos periodos de 3 y 9 horas. (En ese orden)
  • Reducido: Se puede reducir el descanso de 11 a 9 horas. Esta opción se puede tomar hasta 3 veces por semana. En el periodo de dos descansos semanales.

Semanal: Desde las 00:00 del lunes hasta las 24:00 del domingo.

  • Normal: Descanso de al menos 45 horas. Antes de terminar la 6ª jornada de 24 horas desde el último descanso semanal se tiene que tomar otro descanso semanal normal.
  • Reducido: Descanso entre 24 horas y 45 horas. Al realizarse una semana el descanso semanal reducido tendrán que compensarse hasta completar las 45 horas, antes del fin de la tercera semana y juntando las horas en un descanso mínimo de al menos 9 horas.
  • En dos semanas se pueden hacer:

    • 2 descansos semanales normales.
    • 1 descanso semanal normal + 1 descanso semanal reducido.

“El tiempo de conducción en dos semanas consecutivas no puede exceder de 90 horas.”

Penas por infringir los tiempos de conducción y descanso

Infracciones por abuso de horas trabajadas

  • Exceso de conducción diaria (Conducción diaria 9 horas):

    • 13 horas y media o más: Sanción muy grave con multa de 2.000€
    • De 12 horas a media y 13 horas y media: Sanción muy grave y multa de 1.500€
    • De 11 horas a 12 horas y media: Sanción muy grave y multa de 1.001€
    • De 10 horas a 11 horas: Sanción grave y multa de 401 a 600€
    • De 9 horas a 10 horas: Sanción leve y multa de 100 a 200€

  • Exceso de conducción diaria (Conducción diaria 10 horas):

    • 15 horas o más horas: Sanción muy grave con multa de 2.000€
    • De 14 horas a 15 horas: Sanción muy grave y multa de 1.500€
    • De 12 horas a 14 horas: Sanción muy grave y multa de 1.001€
    • De 11 horas a 12 horas: Sanción grave y multa de 401 a 600€
    • De 10 horas a 11 horas: Sanción leve y multa de 100 a 200€

  • Exceso de conducción semanal (Conducción semanal 56 horas):

    • 90 horas o más: Sanción muy grave y multa de 2.000€
    • De 80 a 90 h: Sanción muy grave y multa de 1.500€
    • De 70 a 80 h: Sanción muy grave y multa de 1.001€
    • De 60 a 70 h: Sanción grave y multa de 401 a 600€
    • De 56 a 60 h: Sanción leve y multa de 100 a 200€

  • Exceso de conducción bisemanal (Conducción de dos semanas 90 horas):

    • 125 horas o más: Sanción muy grave y multa de 2.000€
    • De 120 a 125 h: Sanción muy grave y multa de 1.500€
    • De 112 horas y media a 120 horas: Sanción muy grave y multa de 1.001€
    • De 100 a 112 horas y media: Sanción grave y multa de 401 a 600€
    • De 90 a 100 h: Sanción leve y multa de 100 a 200€

Infracciones por falta descanso:

Cuando los tiempos de descanso son inferiores a lo que marca la ley.

  • Reducción del descanso diario (Sobre 11 horas):

    • Menos de 4 horas y media: Sanción muy grave y multa de 2.000€
    • De 4 horas y media a 6 horas: Sanción muy grave y multa de 1.500€
    • De 6 a 8 horas y media: Sanción muy grave y multa de 1.001€
    • De 8 horas y media a 10 horas: Sanción grave y multa de 401 a 600€
    • De 10 a 11 horas: Sanción leve y multa de 100 a 200€

  • Reducción del descanso diario reducido (Sobre 9 horas):

    • Menos de 4 horas a media: Sanción muy grave y multa de 2.000€
    • De 4 horas y media a 6 horas: Sanción muy grave y multa de 1.500€
    • De 6 a 7 horas: Sanción muy grave y multa de 1.001€
    • De 7 horas a 8 horas: Sanción grave y multa de 401 a 600€
    • De 8 a 9 horas: Sanción leve y multa de 100 a 200€

  • Reducción del descanso semanal:

    • Menos de 24 horas: Sanción muy grave y multa de 2.000€
    • De 24 a 30 h: Sanción muy grave y multa de 1.500€
    • De 30 a 36 h: Sanción muy grave y multa de 1.001€
    • De 36 a 42 h: Sanción grave y multa de 401 a 600€
    • De 42 a 45 h: Sanción leve y multa de 100 y 200€

  • Reducción del descanso semanal reducido:

    • Menos de 16 horas: Sanción muy grave y multa de 2.000€
    • De 16 a 18 h: Sanción muy grave y multa de 1.500€
    • De 18 a 20 h: Sanción muy grave y multa de 1.001€
    • De 20 a 22 h: Sanción grave y multa de 401 a 600€
    • De 22 a 24 h: Sanción leve y multa de 100 y 200€

  • Reducción del descanso diario (conducción en equipo):

    • Menos de 4 horas a media: Sanción muy grave y multa de 2.000€
    • De 4 horas y media a 6 horas: Sanción muy grave y multa de 1.500€
    • De 6 a 7 horas: Sanción muy grave y multa de 1.001€
    • De 7 horas a 8 horas: Sanción grave y multa de 401 a 600€
    • De 8 a 9 horas: Sanción leve y multa de 100 a 200€

  • Reducción del descanso diario fraccionado (sobre 3 horas + 9 horas):

    • Menos de 4 horas a media: Sanción muy grave y multa de 2.000€
    • De 4 horas y media a 6 horas: Sanción muy grave y multa de 1.500€
    • De 6 a 7 horas: Sanción muy grave y multa de 1.001€
    • De 7 horas a 8 horas: Sanción grave y multa de 401 a 600€
    • De 8 a 9 horas: Sanción leve y multa de 100 a 200€

Infracciones por saltarse las pausas:

Cuando no se realizan las pausas o se conduce sin realizar los 45 minutos de descanso que marca la ley.

  • Conducción sin pausa:

    • Más de 10 horas: Sanción muy grave y multa de 2.000€
    • De 8 a 10 h: Sanción muy grave y multa de 1.500€
    • De 6 a 8 h: Sanción muy grave y multa de 1.001€
    • De 5 a 6 h: Sanción grave y multa de 401 a 600€

Foto: Archivo Diario de Transporte.