Se solicita el gasoleo profesional para el transporte ligero

Suben un 3,7% las ventas de vehículos industriales de ocasión
Imagen de varias furgonetas
Se solicita el gasoleo profesional para el transporte ligero

Se pretende amortiguar el impacto de la subida del impuesto de hidrocarburos introducida en la Ley de Presupuestos para 2018 a los vehículos de transporte de hasta 7’5 toneladas. La subida del impuesto implica elevar hasta el 100% el impuesto sobre hidrocarburos en algunas Comunidades Autónomas.

Como ya informó FENADISMER semanas atrás, la previsible declaración de ilegalidad de la actual regulación del impuesto autonómico sobre los carburantes, ha obligado al Gobierno a rectificar por segunda vez la normativa reguladora de dicho impuesto autonómico, mediante una propuesta de modificación introducida en la Ley de Presupuestos para 2018, mediante la cual suprime completamente la capacidad normativa concedida a las Comunidades Autónomas para fijar el tipo impositivo sobre los carburantes a aplicar en sus respectivos territorios, que a partir de su entrada en vigor será fijado y recaudado íntegramente por el Estado para su posterior reparto a las Comunidades Autónomas.

Ello supondrá una equiparación en todas las Comunidades Autónomas del importe del impuesto en su nivel máximo, lo que tendrá como consecuencia en la práctica una subida de hasta el 100% del impuesto en algunas regiones, en concreto en las Comunidades autónomas de Castilla y León, Cantabria, País Vasco, La Rioja, Navarra, Madrid, Aragón y Extremadura, que verán incrementada de forma importante la fiscalidad de los carburantes repostados en dichas regiones, en total hasta 4’8 céntimos por litro.

En lo que se refiere al sector del transporte por carretera, dicha subida del impuesto de hidrocarburos es compensada a una parte del sector del transporte vía devolución del gasóleo profesional, en concreto a los vehículos de transporte de mercancías de más de 7’5 toneladas de peso máximo autorizado, autobuses y taxis.

En consecuencia quedan fuera de dicho régimen de devolución los vehículos de transporte de mercancías de menor tonelaje, esto es, los de hasta 7’5 toneladas, mayoritariamente propiedad de transportistas autónomos, los cuales soportarán íntegramente el incremento de la subida del impuesto de hidrocarburos prevista en la Ley de Presupuestos.

Ante dicha situación discriminatoria, FENADISMER ha planteado ante los diferentes partidos políticos que con ocasión de la tramitación de la Ley de Presupuestos se proceda a la modificación de la actual regulación de la figura del gasóleo profesional incluyendo como beneficiarios también a los vehículos de transportes de mercancías de menor tonelaje, los cuales representan casi una tercera parte del total de la flota de transporte en España. (Foto de archivo)