Madrid restringe la entrada de camiones al centro del miércoles al sábado

Los transportistas perplejos ante la falta de soluciones de  Madrid Central ante la entrada en vigor del régimen sancionador
Gran Vía de Madrid
Madrid restringe la entrada de camiones al centro del miércoles al sábado

El Ayuntamiento de Madrid restringe la entrada de camiones al centro desde mañana, miércoles, al sábado con motivo de las procesiones de Semana Santa, como recoge una resolución firmada por el coordinador general de Seguridad y Emergencias.

Se prohíbe circular durante esos días a todos los vehículos de más de 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada, destinados bien para el transporte de mercancías, bien para el de personas, salvo excepciones.

Dada la excepcionalidad y limitación temporal de la medida, los vehículos de dichas características que se encuentren en el perímetro de seguridad en los horarios fijados, ya sea estacionados o circulando, no serán sancionados.

Los agentes de la autoridad indicarán con suficiente antelación a los conductores de esos camiones la obligatoriedad de abandonar inmediatamente el perímetro de seguridad establecido. En el caso de producirse cualquier tipo de resistencia o desobediencia al cumplimiento de dicho mandato, los conductores o sus acompañantes podrán incurrir en infracciones administrativas o ilícitos penales en su caso, de las que derivarían las pertinentes sanciones o medidas a aplicar conforme a la legislación vigente, según recoge el texto.

Con respecto a los vehículos que se encuentren dentro del perímetro de seguridad en los horarios y fechas establecidos y de los que no sea posible localizar al conductor o titular del vehículo, se adoptarán las medidas de seguridad que se consideren oportunas en cada caso concreto.

No tendrán prohibida la circulación los autobuses de la Empresa Municipal de Transportes (EMT); los de transporte turístico de concesión municipal, con itinerario fijo y reiteración de horario y calendario;los interurbanos de línea regular con inicio o final de trayecto en la zona sometida a las prohibiciones de circulación; las unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual y aquellos vehículos que aun sin estar incluidos en las categorías anteriores reciban la autorización expresa de la Dirección General de la Policía Municipal. (Foto de archivo)