Declaran culpable al guardia de Tráfico acusado de favorecer a la empresa de transporte de su mujer

Este aumento resulta, además, claramente insuficiente
Un guardia civil de trafico
Declaran culpable al guardia de Tráfico acusado de favorecer a la empresa de transporte de su mujer

EUROPA PRESS.- El jurado ha declarado este viernes culpable al agente de la Guardia Civil de Tráfico acusado de cometer diversas irregularidades para favorecer a una empresa de transporte propiedad de su esposa, para el que la Fiscalía pedía dos años de cárcel por un delito continuado de negociaciones prohibidas a funcionarios, además de una multa de unos 3.000 euros e inhabilitación para empleo o cargo público durante cuatro años.

Después de que el juicio se haya desarrollado durante toda la semana, este viernes por la tarde el jurado ha dictado su veredicto, que por ocho votos a uno ha considerado a este agente culpable de haberse aprovechado de su condición de guardia civil en servicio en la central del Centro Operativo de Tráfico (COTA) de Cantabria para beneficiar a la empresa de la que su esposa era administradora única.

Sin embargo, el jurado ha determinado, también por 8 votos a uno, que se le deberían conceder al acusado los beneficios de la suspensión de la pena. Esto le da la posibilidad de dejar en suspenso la ejecución de la pena de cárcel, condicionado a que no vuelva a delinquir en un plazo determinado y a que pague la totalidad de responsabilidades civiles.

Tras el pronunciamiento del jurado, el abogado defensor ha anunciado que lo recurrira porque considera que se trata de un veredicto que, "a todas luces" no se sustenta en pruebas.

HECHOS

Según el escrito de la Fiscalía, el hombre se aprovechó de su condición de encargado del Centro Operativo de Tráfico de la Guardia Civil de Cantabria (COTA) para actuar en beneficio de una empresa de transportes titularidad de su esposa.

Valiéndose de ese cargo, el procesado ordenó en varias ocasiones -al menos tres- a patrullas de tráfico que realizaran distintos movimientos tendentes a facilitar el paso de transportes especiales sin autorización.

Así, por ejemplo, el 5 de mayo de 2014, cuando se encontraba solo y de servicio nocturno en la central COTA ordenó a una pareja de agentes tráfico que se desplazaran a la demarcación de Laredo, pero no para atender ninguna necesidad, sino para que quedara sin vigilancia la zona oriental más próxima a Santander y que pudiera pasar sin obstáculos un camión de la empresa de su mujer que iba hacía Heras por la autovía S-10.

Debido a las dimensiones de la estructura metálica que portaba el vehículo, precisaba una autorización especial y ser escoltado por una dotación de Tráfico.

Pese a la pretensión del acusado, los agentes detectaron la presencia del camión y lo interceptaron cerca de la salida de la citada localidad de Medio Cudeyo. En ese momento, el coche piloto que acompañaba al transporte adelantó al vehículo y huyó por dicha desviación.

Los efectivos requirieron la autorización para transporte excepcional al conductor, que les explicó que carecía de la misma. A continuación, el acusado, desde su puesto de control comunicó al agente interviniente que en el coche piloto iba el comandante y le indicó que dejaran transitar al vehículo en cuestión, esperando órdenes del superior.

Minutos después les dijo que continuaran con su labor y que les daría las explicaciones oportunas el mando referido, algo que "jamás ocurrió". Además, en esa fecha no consta solicitud alguna por parte de la empresa de transporte para ningún viaje.

Hechos similares ocurrieron el 5 de junio de 2014 y el 27 de mayo de 2015 según el fiscal, y de acuerdo con su escrito de acusación el acusado ha sido visto en reiteradas ocasiones como conductor de coche piloto de acompañamiento en transportes excepcionales realizados por la empresa de su mujer, supuestamente para dar cobertura a traslados clandestinos y con la finalidad de solventar posibles incidencias que surgieran con agentes de la Guardia Civil de Tráfico, aprovechándose para ello de que forma parte de este Cuerpo.

Para la Fiscalía, los hechos constituyen un delito continuado de negociaciones prohibidas a funcionarios, por lo que solicita una condena de dos años de prisión, multa de 3.240 euros e inhabilitación para empleo o cargo público por un periodo de cuatro años.

Inicialmente, pedía seis de inhabilitación pero el presidente de la Sala les ha advertido que esa petición se basa en el actual Código Penal y no en el que había en vigor cuando sucedieron los hechos, el cual es más beneficioso para el reo ya que preveía penas inferiores. Por ello, tanto el fiscal como la acusación particular, que ejerce la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), han tenido que rebajar esa petición de inhabilitación.

La Asociación Unificada de Guardias Civiles en Cantabria, que denunció públicamente los hechos en verano de 2015, precisando que las piezas que se transportaban de esta manera eran para la construcción del Centro Botín, solicita la misma condena de prisión e inhabilitación, pero eleva la multa a 9.000 euros. (Foto: Archivo)