La diabetes en la conducción de vehículos

el Reglamento de Conductores contempla limitaciones para la obtención o renovación del permiso de conducir en el  caso de conductores que padezcan diabetes.
Imagen de una jeringuilla
La diabetes en la conducción de vehículos

En el presente post vamos a tratar la importante incidencia de la diabetes en la conducción de vehículos. La diabetes es una patología muy frecuente y relevante ya que en determinadas circunstancias puede interferir con la conducción segura e incrementa el riesgo de accidentes de tráfico.

Así, el Reglamento de Conductores contempla limitaciones para la obtención o renovación del permiso de conducir en el  caso de conductores que padezcan diabetes.

Como regla general NO se puede obtener o prorrogar el permiso de conducir en los tres siguientes casos:

  • Si se padece diabetes mellitus que curse con inestabilidad metabólica severa que requiera asistencia hospitalaria.
  • En los casos de diabetes mellitus en tratamiento con insulina.
  • Si existe diabetes mellitus en tratamiento con fármacos hipoglucemiantes.

No obstante, siempre que sea preciso el tratamiento con insulina o con fármacos hipoglucemiantes se deberá aportar informe médico favorable que acredite el adecuado control de la enfermedad y la adecuada formación diabetológica del interesado. En estos casos el período de vigencia máximo será de cinco años, y podrá ser reducido a criterio facultativo.

Y qué incidencia tiene la diabetes en la conducción en el caso de conductores profesionales ?

El Reglamento de Conductores establece limitaciones o restricciones mayores para el conductor profesional al examinar la incidencia de la diabetes en la conducción. Así, se distinguen dos supuestos:

  • Los afectados de diabetes mellitus tipo 1 y 2 en tratamiento con insulina, aportando informe favorable de un endocrinólogo que acredite el adecuado control de la enfermedad y la adecuada formación del interesado, en casos muy excepcionales podrán obtener o prorrogar el permiso con un período de vigencia máximo de 1 año.
  • Los afectados de diabetes tipo 2  en tratamiento con fármacos hipoglucemiantes, deberán aportar informe favorable de un endocrinólogo que acredite el buen control y el conocimiento de la enfermedad y el período máximo de vigencia será de tres años.
  • Y qué ocurre en el  caso de hipoglucemia ?