El Ministerio de Fomento rechaza suavizar el reglamento del nuevo ROTT

La ausencia de retornos pone en riesgo las exportaciones y el abastecimiento
Aparcamiento de camiones.
El Ministerio de Fomento rechaza suavizar el reglamento del nuevo ROTT

El proyecto que tramita el Ministerio de Fomento introduce modificaciones que limitan de forma importante la actividad de las actuales empresas transportistas. El nuevo ROTT está previsto que entre en vigor el próximo 1 de Julio.

Como se recordará, el pasado mes de Diciembre la Asamblea General de Fenadismer acordó manifestar su rechazo frontal al proyecto de reforma del vigente Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, coloquialmente conocido como ROTT, por introducir modificaciones que afectan de modo importante a la viabilidad y supervivencia de las actuales empresas transportistas.

El proyecto

El proyecto de modificación del ROTT, que en la actualidad tramita el Ministerio de Fomento y que se prevé que entre en vigor el próximo 1 de Julio, implica la modificación de un total de 14 normas reglamentarias, afectando tanto al propio Reglamento como a diferentes Órdenes ministeriales en materia de requisitos de acceso a la actividad, regulación de las autorizaciones de transporte, formación obligatoria de los conductores profesionales y documentación administrativa de control, entre otras.

En este sentido, este jueves 18 de Enero se celebró una reunión en el Ministerio de Fomento entre el Subdirector General de Ordenación y Normativa y FENADISMER junto con las restantes organizaciones que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera, a fin de tratar de suavizar aquellas novedades introducidas en el proyecto normativo y que resultan más perjudiciales para las empresas transportistas.

En especial las siguientes:

La nueva regulación sobre la pérdida de la honorabilidad, que implica el cierre de la empresa por la simple comisión de una infracción muy grave, lo que perjudica muy especialmente a las empresas de mayor tamaño. En este sentido, el proyecto contempla un catálogo de hasta 27 infracciones muy graves que pueden dar lugar a la pérdida automática de la honorabilidad, incluso superior en número al catálogo de infracciones que prevé el Reglamento europeo que se pretende transponer en el nuevo ROTT, teniendo en cuenta que en 2016, último año del que se disponen datos sobre la ejecución del Plan Nacional de Inspección de Transporte, se impusieron un total de 12.220 infracciones muy graves en sólo 4 de los tipos infractores incluidos en los supuestos de pérdida de la honorabilidad.

Las consecuencias

Las consecuencias administrativas que supondrán para las empresas transportistas que se encuentren en situación temporal de insolvencia (concurso de acreedores), las cuales se verán abocadas a su cierre obligatorio por supuesta pérdida de la capacidad económica.

Las nuevas rigideces introducidas a la renovación o ampliación de flota por parte de las empresas transportistas, obligando a que se haga siempre con vehículos más nuevos, lo que en la práctica supondrá la desaparición del mercado de segunda mano. La situación de “encorsamiento” a que se verán sometidas las empresas de menor tamaño, esto es, las que en la actualidad son titulares de menos de 3 vehículos, a las cuales se les impedirá crecer o decrecer en tamaño libremente, ni tampoco transmitir su autorización de transporte.

Sin embargo, en respuesta el Ministerio de Fomento manifestó que el momento actual de tramitación del nuevo proyecto normativo no es posible introducir modificaciones al mismo, estando pendiente exclusivamente del informe que obtenga del Consejo de Estado en el preceptivo trámite de consulta a dicho organismo. (Foto: Archivo Diario de Transporte)