Sube el importe por paralización del vehículo por primera vez en 7 años

¿Cuándo se aplicarán las nuevas medidas del Paquete de Movilidad?
Camiones estacionados.
Sube el importe por paralización del vehículo por primera vez en 7 años

La ley 3/2017 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, ha establecido las cantidades para el 2017 del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), que son 537,90 euros mensuales o 17,93 euros día. Este indicador se utiliza como base para calcular el importe de indemnización por paralización.

La Ley del Contrato de transporte terrestre (Ley 15/2009 de 23 de diciembre) recoge en su artículo 22, cuestiones reflejadas ya en los acuerdos de junio del 2008 tales como la Indemnización por paralización que servirá de referencia para calcular las cuantías por paralización, a partir de la entrada en vigor de dicha ley, es decir, desde el 12 de febrero de 2010.

Por lo tanto, el coste hora de paralización para 2017 es de 35,86 € y el de un día, teniendo en cuenta que no se pueden computar más de 10h diarias, de 358,60 €

En qué casos se puede reclamar el coste por paralización:

Cuando el vehículo haya de esperar un plazo superior a dos horas hasta que se concluya su carga y estiba o desestiba y descarga.

Dicho plazo se contará desde la puesta a disposición del vehículo para su carga o descarga en los términos requeridos por el contrato.

Como calcular la indemnización a reclamar:

El cálculo de la indemnización a reclamar por cada hora de paralización se hace multiplicando por 2 el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples/día, sin que se tengan en cuenta las dos primeras horas ni se computen más de diez horas diarias por este concepto.

El segundo día la indemnización se incrementará en un 25%, siendo la indemnización por paralización de 44,82 €/hora y 448,25 €/día. Cuando la paralización del vehículo fuera superior a dos días, el tercer día y siguientes se abonará un recargo del 50%, siendo la indemnización en este caso de 53, 79€/ hora y de 537,90 €/día.

Coste de una hora = 35,86 €

Coste de un día = 358,60 €

A partir del 2º día = + 25 %

A partir del 3er día = + 50%

Paralización internacional:

En el caso de la paralización internacional, al no existir reglas comunes para establecer la cuantía, se utiliza por regla general para calcularla el coste por paralización nacional incrementado en el mismo tanto por ciento en el que se incrementan los costes de realización de un transporte internacional respecto al nacional.

Responsabilidad por pérdida o avería de la mercancía:

Igualmente, a efectos de responsabilidad del porteador con excepción de los supuestos en que se haya hecho constar de forma expresa el valor de las mercancías o pactado una responsabilidad superior, la indemnización por pérdida o avería no podrá exceder de un tercio del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples/día por cada kilogramo de peso bruto de mercancía perdida o averiada.

Por tanto, esa máxima responsabilidad del porteador para el año 2017 será de 5,9766 euros por kilo. Ese beneficio de la limitación de responsabilidad no se aplicará cuando la pérdida o avería se haya producido por una actuación dolosa del porteador o con infracción consciente y voluntaria del deber jurídico asumido que produzca esa pérdida o avería.

Fuente: froet.es