Las asociaciones de transportistas se reúnen con el Gobierno para mejorar el control sobre las “empresas buzón”

Las asociaciones de transportistas se reúnen con el Gobierno para mejorar el control sobre las “empresas buzón”

Las empresas transportistas establecidas en países del Este de Europa controlan una cuarta parte del transporte internacional español. Las empresas rumanas han aumentado 20 veces su presencia en el transporte de cabotaje en España en los últimos 5 años.

Ayer miércoles 12 de Julio se ha celebrado en la sede del Ministerio de Fomento la reunión solicitada por FENADISMER el pasado mes de Abril con ocasión de la presentación de los resultados del Plan de Inspección de Transporte por Carretera para 2016, para tratar de forma monográfica el control que deben llevar a cabo las Administraciones españolas de Transporte, Hacienda y Trabajo sobre las empresas de transporte deslocalizadas en otros países de la Unión Europea con menores costes laborales y fiscales pero que continúan operando en el mercado español de transporte, a las que se denomina “empresas buzón”.

A la reunión han asistido representantes de la Subdirección General de Inspección de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento, de la Subdirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Empleo y de las Subdirecciones Generales de Control y Planificación y de Ordenación Legal y Asistencia Jurídica de la Agencia Tributaria.

Por parte de la Inspección de Transporte se ha informado de que su actuación se lleva a cabo mediante controles a los vehículos extranjeros y su relación con los clientes españoles donde realizan la carga y descarga de las mercancías transportadas. Asimismo se inspecciona a la empresa matriz española de la empresa deslocalizada, habiéndose detectado que la empresa filial deslocalizada (empresa buzón) llega a desarrollar su actividad en España entre el 75% y el 90% del total de su facturación, habiéndose asimismo detectado que dichas empresas deslocalizadas incurren habitualmente en otras infracciones graves de transporte.

Por parte de la Inspección de Trabajo se ha informado de que su labor se lleva a cabo en el control de que el conductor desplazado está correctamente dado de alta en la Seguridad Social del Estado de establecimiento mediante la acreditación del certificado A-1. Sin embargo la Inspección de Trabajo desconoce si las empresas deslocalizadas que desplazan conductores a nuestro país cumplen su obligación de comunicar previamente su desplazamiento conforme a las declaraciones de desplazamiento que corresponde gestionar a las Comunidades Autónomas.

Por parte de la Agencia Tributaria se ha clarificado cuales son las obligaciones fiscales que deben llevar a cabo las empresas deslocalizadas que operan en nuestro país. Así, por lo que respecta a la imposición indirecta, el IVA a devengar debe ser siempre el IVA español, ya sea el servicio de transporte internacional o de cabotaje (transporte interior). Respecto a la imposición directa, el tipo de tributación del Impuesto de Sociedades es muy similar en España al existente en Portugal o los países del Este de Europa.

En todo caso, debe comprobarse si la empresa deslocalizada no tiene actividad ni dirección real en el Estado donde está establecida, ya que en tal caso su actividad deberá tributar en España. Asimismo en caso de facturación entre la empresa matriz española y la filial deslocalizada, se considerará actividades vinculadas, por lo que se debería comprobar si aplican condiciones de mercado. Por otra parte, recuerda que en la web de la Agencia Tributaria existe un buzón de denuncias públicas a disposición de todos los ciudadanos.

A continuación, FENADISMER ha expuesto la necesidad de luchar contra la competencia desleal que están llevando a cabo las empresas deslocalizadas (empresas buzón) que controlan más de una cuarta parte del transporte internacional con origen o destino en nuestro país, y asimismo con cada vez mayor presencia en el transporte de cabotaje en España (así en el caso de las flotas de transporte rumanas ha multiplicado por 20 su presencia en España en los últimos 5 años, ocupando en la actualidad la 2ª posición).

Ello está ocasionando un impacto muy negativo para el tejido empresarial de transporte español por la actuación insolidaria y “poco patriótica” que llevan a cabo los grandes empresarios que deslocalizan sus empresas en los países del Este de Europa principalmente, a los únicos efectos de aprovecharse los menores costes fiscales y laborales (hasta 8 veces inferior a los de España) para de este modo poder competir en mejores condiciones en el mercado español de transporte nacional e internacional en el que siguen operando.

Por ello, FENADISMER ha solicitado a la Inspección de Trabajo que controle que las empresas deslocalizadas cumplan su obligación de comunicación previa de desplazamiento ante la autoridad laboral española cuando desplacen a sus conductores a nuestro país, a fin de permitir un mejor control y seguimiento de su actividad, utilizando para ello la información registrada en el aparato tacógrafo.

Dado que la vigente ley española sobre desplazamiento de trabajadores a nuestro país exime de tal obligación si el desplazamiento no supera los 8 días, actualmente en trámite de modificación en el Parlamento, FENADISMER solicita a la Inspección de Trabajo que aplique el criterio establecido por el Ministerio de Empleo por el que se establece que para el cómputo de los 8 días de desplazamiento en España se tenga en cuenta acumulativamente los diferentes días que el conductor ha estado operando en nuestro país, para que una vez transcurrido dicho período sea aplicable la legislación española de desplazamiento de trabajadores, en materia tanto salarial como de condiciones de trabajo en España.

Como conclusión a la reunión, las tres Administraciones se comprometen a cooperar con las organizaciones de transportistas para mejorar el control sobre las empresas deslocalizadas que operan en nuestro país, poniendo a disposición del sector un canal de denuncias sobre empresas concretas que puedan ser consideradas “empresas buzón” para su inspección de forma coordinada.

Fuente: fenadismer.es