Los cambios en los Reglamentos de la Comisión Europea de Transportes al detalle

¡Si es malo para FROET, es bueno para los conductores!. Opinión de Juan Novoa
Camioneros realizando el descanso, aparcados esperando carga
Los cambios en los Reglamentos de la Comisión Europea de Transportes al detalle

El pasado miércoles, 31 de mayo de 2017, la Comisión Europea presentó un conjunto de medidas enfocadas al transporte por carretera denominado “Europa en movimiento”. Las propuestas presentadas buscan introducir una serie de cambios en el transporte por carretera en la UE con el objetivo de mejorar el funcionamiento del mercado interior y la normativa social del transporte por carretera, así como modificar la tarificación vial e introducir medidas para abordar las emisiones de CO2 de los vehículos.

Este paquete de medidas será completado más adelante con otras iniciativas, que la Comisión Europea espera presentar en los próximos doce meses y entre las cuales se prevé la revisión del Reglamento 1073/2009 sobre acceso al mercado internacional de transporte en autobús y autocar.

Las propuestas legislativas adoptadas se trasladan ahora al Consejo y al Parlamento Europeo para su debate y posterior aprobación, que se prevé que se alargue en el tiempo dada la complejidad y sensibilidad del contenido de las iniciativas.

En un análisis preliminar de este conjunto iniciativas resumimos las iniciativas publicadas hasta ahora y resume aquellas que afectarían al transporte de viajeros por carretera:

· Una comunicación de carácter político que presenta una visión a largo plazo para conseguir una movilidad limpia, competitiva y conectada para todos los europeos. La comunicación identifica unas tendencias principales y unos retos a abordar (medio ambiente y cambio climático, aspectos sociales, digitalización y nuevas tecnologías, infraestructuras, mercado interior) en trabajos actuales y futuros por parte de la Comisión Europea: "EUROPA EN MOVIMIENTO: Una Agenda para una transición socialmente justa hacia una movilidad limpia, competitiva y conectada para todos".

· Ocho propuestas legislativas para el sector del transporte por carretera:

1. Revisión de los Reglamentos de acceso a la profesión de transportista (1071/2009).

§ Documento de trabajo de la Comisión: Evaluación de Impacto (parte I y parte II) + Resumen ejecutivo + Estudio de apoyo

2. Revisión del Reglamento (CE) nº 561/2006 sobre tiempos de conducción y descanso y del Reglamento (UE) nº 165/2014 sobre tacógrafos.

§ Documento de trabajo de la Comisión: Evaluación de Impacto Parte I y Parte IIResumen ejecutivo

§ Documento de trabajo de la Comisión: Evaluación ex-post Resumen ejecutivo

Aunque la normativa que se modifica tiene un ámbito de aplicación que incluye tanto a conductores de camiones como de autobuses, el objetivo de la propuesta es introducir un cierto grado de flexibilidad en las reglas existentes para empresas y conductores de camiones.

3. Revisión de la Directiva 2006/22/CE sobre la implementación de legislación social y en el desplazamiento de trabajadores en el transporte por carretera, incluyendo medidas de aplicación específicas

En la propuesta, la Comisión describe la que considera la manera más eficaz de aplicar el estatuto de trabajador desplazado al trabajador móvil del transporte por carretera. En contra de lo que algunos países están haciendo actualmente, la Comisión no es partidaria de imponer el estatuto de trabajador desplazado y aplicar normativa de salario mínimo del país al que se desplaza desde el primer día. Así introduce la idea de un vínculo suficiente entre el trabajador y el país de acogida para el cual se le podría aplicar el estatuto de desplazado y la normativa de salario mínimo a partir del transcurso de tres días desplazado a ese país dentro de un mismo mes. Para evitar que los países exijan multitud de documentos diferentes a los conductores en los controles por carretera, la Comisión propone un listado de documentos que las autoridades nacionales pueden exigir en ese momento: copia del certificado de desplazamiento, evidencia de la operación de transporte que está llevando a cabo en ese país, contrato de trabajo, las dos últimas nóminas o los datos del tacógrafo. Salvo el contrato de trabajo, la propuesta introduce la posibilidad de aportar posteriormente al control esos otros documentos si no se llevaban a bordo. El proyecto de Directiva también contempla disposiciones para mejorar la cooperación entre Estados miembros de la UE en materia de intercambios de datos sobre empresas controladas:

· Un país de la UE tendrá 25 días hábiles para responder a una solicitud de investigación por parte de otro país UE (aunque el plazo de respuesta puede ser inferior si hay acuerdo bilateral entre los países).

· Para demandas urgentes que no necesiten investigación sino una simple consulta de registro, entonces el plazo de respuesta es de 3 días hábiles como máximo.

En todo caso, la solicitud de información debe ser razonada. Si el país UE que recibe la solicitud no la estima razonada, se abriría entonces un proceso de discusión entre ambos países. La Comisión propone trabajar en el desarrollo de una definición común de empresas en riesgo para evitar problemas de diferencias de clasificación de empresas por gravedad de infracciones entre países y que así haya los mismos criterios. Sin resultar obligatorio, la Comisión propone que las autoridades de un país puedan acceder en tiempo real a esos datos de su país, así como deja abierta la posibilidad a que los Estados miembros decidan autorizarse entre ellos para acceder a esos datos directamente o tras solicitarlo.

4. Revisión de la Directiva de la Euroviñeta (1999/62):

§ Anexo

§ Documento de trabajo de la Comisión: Evaluación de Impacto (parte I y parte II) + Resumen

§ Estudio de apoyo para la Evaluación de Impacto que acompaña a la revisión de la Directiva de la Euroviñeta (1999/62/CE)

La principal novedad es la ampliación del ámbito de aplicación para incluir a autobuses y autocares con las mismas normas que los vehículos pesados que ya eran objeto de la normativa y a los turismos minibuses y furgonetas con normas parecidas. Hasta ahora la normativa se limitaba a permitir la aplicación en carreteras pertenecientes a la red transeuropea de transportes (RTE-T) pero con la nueva redacción se permitiría aplicar en partes de la red de carreteras nacional que no sean RTE-T. La propuesta de Directiva marca el camino para la desaparición de las viñetas de la carretera e incita a los Estados miembros a adoptar peajes basados en la distancia recorrida. Para evitar que la fiscalidad ligada a los vehículos sea un problema, también propone disminuir progresivamente las tasas mínimas de los impuestos aplicables a los vehículos pesados para que después de 5 años los países puedan aplicarles tasas cero. La propuesta introduciría la prohibición de crear nuevas viñetas para los vehículos pesados a partir del 1 de enero de 2018 pero las introducidas con anterioridad podrán continuar hasta el fin de 2023 como muy tarde. La propuesta busca que varíen los cánones de la infraestructura en función de las emisiones de CO2, proponiendo que no sea la pertenencia de los vehículos pesados a la clase EURO la que determine los niveles de peajes que corresponden sino sus emisiones de CO2 reales. Además, la propuesta convierte en obligatoria a partir del 1 de enero de 2021 la posibilidad de variar los peajes en función de los costes ligados a la contaminación atmosférica y al ruido en las zonas particularmente sensibles a esta contaminación. La propuesta también introduce la posibilidad de que los Estados miembros puedan introducir tasas de congestión en aquellas partes de su red de carreteras expuestas a la misma.

5.  Refundición de la Directiva sobre interoperabilidad de sistemas electrónicos de peajes de la carretera en la Comunidad (2004/52)

§ Anexo

§ Documento de Trabajo de la Comisión: Evaluación de Impacto + Resumen Estudio de apoyo

§ Documento de Trabajo de la Comisión: Evaluación ex-post + Resumen ejecutivo

6. Información de viaje multi-moda: Acto Delegado en el marco de la Directiva de Sistemas de Transporte Inteligente 2010/40/UE + Anexo + Estudio de justificación

Se trata de una iniciativa que pretende establecer los requisitos necesarios para la prestación transfronteriza de servicios de información fiables sobre desplazamientos multimodales en toda la UE. En ella se establecen las especificaciones necesarias para garantizar la accesibilidad, el intercambio y la actualización de los datos de desplazamientos y de tráfico y la planificación distribuida de viajes para la prestación de servicios de información multimodal en la Unión Europea.

7. Propuesta para un sistema de vigilancia e información para vehículos pesados de la carretera (camiones y autobuses) Anexo

Esta iniciativa propone crear un Sistema de vigilancia e información de las emisiones de CO2 y consumo de carburantes de vehículos pesados como son los camiones y los autobuses. Los datos a seguir e informar se determinarían conforme una herramienta de cálculo de consumo energético del vehículo. Con la medida, la Comisión busca fomentar la competencia entre los fabricantes para desarrollar motores más eficientes, así como dotar a autoridades públicas, operadores de transporte y usuarios de elementos que les permitan saber el impacto ambiental de los vehículos y que puedan tomar decisiones en base a los mismos.

8. Revisión de la Directiva de vehículos alquilados sin conductor en el transporte internacional de mercancías por carretera (2006/1)

§ Documento de trabajo de la Comisión: Evaluación de Impacto + Estudio de apoyo

§ Documento de trabajo de la Comisión: evaluación ex-post

§ Otros documentos de carácter no legislativo que prevén y analizan resultados y posibles escenarios de actuación, entre los que destaca:

o Estudio sobre transporte de viajeros en taxi, vehículos de alquiler con conductor y viajes compartiendo vehículo en la UE + Informes por país + Caso de estudio

El estudio analiza el mercado europeo para servicios de transporte compartido, distinguiendo entre empresas que se dedican a ofrecer uso compartido de vehículos, aquéllas que se dedican a facilitar que particulares puedan ponerse en contacto para compartir coche y otros intermediarios. El estudio pone de manifiesto que el mercado de estos servicios está dominado por muy pocos actores a nivel global y varios actores locales pero con una operación a nivel nacional. El estudio concluye que estos servicios atraen principalmente a usuarios entre 25-35 años y que la distancia media oscila entre los 70 y los 200 Km, ya que menores distancias no incentivan a compartir costes. El estudio apunta que los intermediarios tienen grandes costes para el desarrollo y mantenimiento de los softwares de sus sistemas, pero que el resto de sus costes operativos son bajos.

También, se puede acceder a más información en la nota de prensa publicada por la Comisión Europea aquí: Europa en movimiento: la Comisión toma medidas en pro de una movilidad limpia, competitiva y conectada. @Camioneroleones.

Fuente consultada: Confebus