El cambio de la tarjeta de empresa y el tacógrafo digital

El cambio de la tarjeta de empresa y el tacógrafo digital

La tarjeta de empresa es una tarjeta de tacógrafo asignada por la autoridad competente al titular o arrendatario de vehículos provistos de tacógrafo digital. Identifica a la empresa y permite visualizar, transferir e imprimir la información almacenada en el aparato o aparatos de control instalados en los vehículos de la empresa.

El titular de una tarjeta de conductor podrá, en su caso, ser titular de una o varias tarjetas de empresa, pero no podrá ser titular de tarjetas de centro de ensayo ni de tarjeta de control.

Las empresas titulares o arrendatarias de vehículos dotados de tacógrafo digital deberán solicitar, ante el órgano competente en materia de transporte por carretera que corresponda al lugar en que aquéllas tengan su domicilio fiscal, la correspondiente tarjeta o tarjetas de empresa. Podrán solicitarse tantas tarjetas como la empresa estime necesarias, hasta un máximo de 62.

La validez de la tarjeta de empresa es de cinco años. En el supuesto de que la empresa dejara de ser titular o arrendataria de vehículos dotados de aparato de control, deberá devolver al órgano emisor la tarjeta o tarjetas de empresa que le hubieran sido expedidas.

Desde el 1 de enero de 2017 la solicitud de otorgamiento de nuevas tarjetas, renovación, modificación y sustitución de la tarjeta de empresa se efectuará telemáticamente. Ya no es posible efectuar el trámite de forma presencial.

Renovación de la tarjeta de empresa

La tarjeta de empresa deberá ser renovada a petición del interesado, ante el órgano competente en materia de transporte por carretera que corresponda al lugar en que la empresa tenga su domicilio fiscal, en un plazo máximo de quince días hábiles antes de la fecha de caducidad de la tarjeta.

Las solicitudes de otorgamiento de renovación de tarjetas de empresa deberán formularse mediante escrito ajustado al modelo oficial. Desde el 1 de enero de 2017 la tramitación se efectuará de forma telemática justificando en la solicitud el pago telemático de la tasa.

En la causa de la solicitud se hará constar que se trata de renovación de tarjeta de empresa por caducidad y deberá especificarse el número de la tarjeta que se va a renovar, así como el número de tarjetas que se solicitan.

El órgano competente expedirá la nueva tarjeta o tarjetas dentro de los quince días hábiles siguientes a la solicitud. La nueva tarjeta tendrá un plazo de validez de cinco años y se entregará al solicitante en la oficina emisora o en el domicilio que se hubiera determinado al efecto. En cualquier caso, deberá devolverse el original de la tarjeta antigua antes de la entrega de la nueva.

Sustitución de la tarjeta de empresa

En caso de pérdida, robo, deterioro, mal funcionamiento o retirada de la tarjeta de empresa, la empresa titular de tarjetas de empresa deberá solicitar, en el plazo máximo de siete días naturales a partir del momento en que se haya producido el hecho, su sustitución ante el órgano competente en materia de transporte por carretera que corresponda al lugar en que aquél tenga su residencia normal.

Las solicitudes de otorgamiento de sustitución de tarjetas de conductor, deberán formularse mediante escrito ajustado al modelo oficial y también se tramitará telemáticamente desde enero de 2017.

En la causa de la solicitud se hará constar que se trata de sustitución de la tarjeta de empresa por pérdida, robo, deterioro, o mal funcionamiento, así como la fecha de la pérdida o, en su caso, del robo. Deberá especificarse el número de la tarjeta que se va a sustituir.

Junto con la solicitud, se aportará, los documentos que acrediten el robo o la retirada, o una declaración de la pérdida, deterioro o mal funcionamiento.

El órgano competente expedirá una nueva tarjeta dentro de los cinco días hábiles siguientes a la solicitud. La nueva tarjeta mantendrá el mismo plazo de validez de la tarjeta anterior y se entregará al solicitante en la oficina emisora o en el domicilio que se hubiera determinado al efecto . Cuando se trate de supuestos de deterioro o mal funcionamiento, se deberá devolver el original de la tarjeta antigua antes de la entrega de la nueva.

Regulación legal

Se regula en la Orden FOM/1190/2005, de 25 de abril, por la que se regula la implantación del tacógrafo digital ( BOE 3 mayo 2005 )

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