Pepsico tendrá que indemnizar a un conductor por dormir en la cabina del camión

Pepsico tendrá que indemnizar a un conductor por dormir en la cabina del camión

La Quinta Sala de la Corte Superior del Trabajo desestimó la queja de Pepsico Brasil Ltda. contra la decisión que ordenó el pago de 10.000 dólares, como un daño moral a un conductor de camión que se vio obligado a dormir en la cabina del camión. Afirmó que la empresa no proporcionó alojamiento el alojamiento necesario, ni la ayuda.

El conductor, que trabajaba en la empresa de noviembre a partir de 2005 y noviembre de 2011, afirmó que por dormir en el camión para vigilar el vehículo y la carga, se sometió a diversos trastornos, debido a la precariedad del descanso y por la noche que no podía dormir por temor a los asaltos. PepsiCo dijo que el ex empleado podía pasar la noche en otro lugar, siempre y cuando dejaran el camión en estaciones de servicio autorizadas por la empresa.

La sentencia del Juzgado de Trabajo 8 de Curitiba (PR) desestimó la petición del empleado, porque no se había demostrado que estaba obligado a permanecer en el vehículo durante la noche. Según la sentencia, sería hasta presentar pruebas de sus afirmaciones. El Tribunal Regional de la Región 9 de (PR), sin embargo, entiende que el hecho ofensivo y perjudicial se caracterizó por la ausencia de un lugar decente de descanso, que estaba destinado para un máximo de tres días, y que se consideran violados los principios de la dignidad y los valores humanos de trabajo social (artículo 1, las secciones III y IV de la Constitución Federal).

El ponente de la queja en la que Pepsico quería volver a examinar el caso en el TST, llamado juez José Rego Junior, señaló que, de acuerdo con el marco definido por la TRT, la condena fue correcta. Para cambiar requeriría la revisión de las pruebas, sellado por los precedentes del articulo 126. La decisión unánime, definitiva e inapelable

Fuente: blogdocaminhoneiro.com (adaptado al castellano)