Opinión

Derechos y obligaciones en el transporte escolar

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Imagen de un autobús de transporte escolar
Derechos y obligaciones en el transporte escolar

Miguel Ángel Ruiz.- El pasado miércoles tuvo lugar en Madrid un accidente de autobús escolar que por suerte no ha tenido un grave desenlace habida cuenta de lo sucedido en dicho percance. Así, a modo de conocimiento del ciudadano, enumero algunas de los derechos y obligaciones que le asisten en esta materia para ser controladores, en primer término, de que se cumplan todas las obligaciones legales.

Obligaciones de los centros educativos:

La dirección del centro educativo facilitará al transportista la lista definitiva de alumnos que utilizarán el transporte escolar especificando nombre y apellidos, curso y parada en la que el alumno se incorporará al transporte. Dicha comunicación se realizará durante el mes de septiembre y siempre antes del 10 de octubre. De la misma forma se comunicará la incorporación de cualquier nuevo alumno en cualquier momento del curso.

Igualmente, la dirección del centro proveerá al alumnado usuario del transporte de los correspondientes carnets de identificación, que a tal fin le serán remitidos por la delegación provincial de Educación. Así, los alumnos deberán portar siempre que cojan el autobús escolar el carnet de identificación.

Existirá un adulto acompañante que actuará como monitor de transporte y que tendrá las funciones siguientes:

- Cuidar al alumnado durante su transporte y en las operaciones de acceso y abandono del vehículo así como en su caso, recogida y acompañamiento de los menores desde y hasta el interior del recinto escolar.

- Hacer cumplir los derechos y deberes del alumnado durante la prestación del servicio.

- Informar a la dirección del centro docente de las incidencias habidas a lo largo del trayecto, así como de la relación de alumnos transportados diariamente.

- Atender al alumnado en caso de incidente.

¿Cuáles son las obligaciones del alumnado?

1. El alumnado tendrá el deber de comportarse en todo momento con educación y respeto, acatando las normas de comportamiento que serán las mismas que durante el tiempo de estancia en el centro educativo

2. Deberá coger siempre el asiento que le haya sido asignado a principio de curso.

3. Deberá colocar su mochila, carpeta o libros de forma que no caigan sobre sus compañeros.

4. Deberá cuidar su asiento en particular y el resto del autobús en general de forma que no sufra deterioro alguno.

5. Deberá comunicar cualquier desperfecto que observe para que pueda ser reparado.

6. No podrá comer o fumar dentro del autobús.

7. Deberá acatar las órdenes del monitor, siempre que estas sirvan para un mejor funcionamiento del servicio y redunde en la seguridad de los usuarios.

8. No podrá levantarse ni andar por el autobús cuando esté en movimiento o durante el recorrido.

9. Deberá estar siempre con antelación a la hora de salida en la parada correspondiente.

10. A principio de curso y siempre antes de finalizar el mes de septiembre, se elegirá entre el alumnado usuario del transporte escolar un delegado y subdelegado de transporte que servirá de enlace entre el monitor, el centro educativo y el resto de alumnos. Para ello llevará siempre un teléfono móvil para poder comunicarse con el monitor y/o con el centro.

¿Y para la empresa transportista qué obligaciones existen?

1. Deber de efectuar la prestación del servicio adecuadamente con puntualidad en las paradas establecidas

2. Personal formado especialmente en la atención de incidencias

3. Cumplimiento de la normativa de tráfico vigente en cada momento

4. Mantener los vehículos en perfectas ocasiones de tal forma que no se ocasionen riesgos para la seguridad de los pasajeros. Especial incidencia tiene en esto los vehículos que cuenten con cinturón de seguridad

5. Velar por el cumplimiento de estas normas

¿Qué no estaría de más de cara al futuro?

Se deberían establecer legalmente controles preventivos de consumo de alcohol u otras sustancias estupefacientes por parte de las empresas concesionarias de este tipo de servicios con el fin de evitar riesgos como el ocurrido en Fuenlabrada. Así, de forma preventiva, se evitaría la conducción bajo los efectos de este tipo de sustancias y se establecerían por parte de la empresa las medidas correctoras adecuadas dentro de la relación laboral con el trabajador.

Finalmente, ante la falta de controles, deben ser los usuarios (padres, madres, alumnos) los que hagan una labor de inspección y denuncia ante posibles irregularidades que se estén cometiendo. Dichas denuncias pueden ser tramitadas al centro educativo y, en última instancia, a la Delegación Provincial de Educación de la Junta de Andalucía.

La seguridad de nuestros hijos está en juego y ante eso toda precaución es poca.

Fuente: lavozdelsur.es