El 26 de diciembre entrará en vigor el salario mínimo para los transportistas extranjeros en Italia

El 26 de diciembre entrará en vigor el salario mínimo para los transportistas extranjeros en Italia

Ya hay fecha para la exigencia del salario mínimo en Italia, será a partir del próximo 26 de diciembre y afecta a todos los conductores de empresas no establecidas en Italia y que hagan transporte en territorio italiano.

El pasado mes de Julio, en Italia se aprobó el decreto que establece la obligación de que los conductores asalariados pertenecientes a empresas transportistas de cualquier Estado de la Unión Europea, y que se desplacen a territorio italiano, deberán tener un salario equivalente al menos el salario mínimo establecido en dicho país, de modo similar a la regulación establecida con anterioridad en las normativas francesa y alemana.

OBLIGACIONES PARA LA EMPRESA TRANSPORTISTA

Pero, además, la normativa italiana establece una serie de obligaciones para la empresa transportista que pretenda realizar transporte en Italia:

Designar un <b>representante en territorio italiano a efectos de control del cumplimiento de la legislación laboral</b>, lo que se llevará a cabo a través del servicio de asistencia internacional de FENADISMER en condiciones económicas excepcionales.

Notificar al Ministerio de Trabajo italiano una <b>comunicación de desplazamiento previo a la realización del viaje.</b>

Respecto al modelo de comunicación de desplazamiento, si bien la normativa de desarrollo del Decreto Legislativo preveía su publicación el pasado mes de Agosto, sin embargo, tal publicación se ha llevado a cabo finalmente en la Gaceta Oficial de la República italiana el pasado 27 de Octubre, previéndose que su exigencia entre en vigor el próximo 26 de Diciembre, pero sin que sorprendentemente el Gobierno italiano haya concretado otras cuestiones relevantes para la aplicación de la nueva regulación sobre el salario mínimo.

El modelo de comunicación de desplazamiento puede ser consultado en la página web del Ministerio de Trabajo italiano (www.lavoro.gob.it) que en la actualidad sólo está disponible en italiano, aunque próximamente también podrá consultarse en inglés.

CUESTIONES TODAVÍA SIN RESOLVER

Así aún quedan por concretar cuestiones relativas al <b>ámbito de aplicación de la nueva regulación (si se incluye solo al transporte interior de cabotaje o también al transporte internacional con origen o destino en Italia)</b>; cuáles deben ser las condiciones de trabajo y empleo que deben aplicar las empresas extranjeras que operen en Italia y, lo que es más importante, <b>cómo se calcula el salario mínimo que debe garantizarse a los conductores asalariados desplazados</b>, teniendo en cuenta que en la actualidad existen al menos dos convenios colectivos reguladores de la actividad del transporte en Italia.

fenadismerencarretera.com