El Cabildo canario tiene que activar las multas a transportistas que frenó en 2014.

El Cabildo canario tiene que activar las multas a transportistas que frenó en 2014.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Santa Cruz de Tenerife ha anulado el acuerdo del Cabildo de La Palma de fecha 24 de febrero de 2014 por el que decidió paralizar los expedientes sancionadores en materia de transporte por carretera, al entender que las competencias correspondían al Gobierno de Canarias.

El acuerdo plenario por unanimidad se fundamentó en un amplio informe del servicio insular de Transportes, donde se advertía de que las competencias en cuanto a sanciones por carretera corresponden al Ejecutivo autonómico y no a la institución insular, razonamiento que fue remitido al Ministerio de Fomento, además de a la Dirección General de Transportes del Gobierno de Canarias y a los restantes cabildos insulares.

"Resulta necesario preguntarse qué precepto legitima la actividad de los cabildos insulares para inspeccionar y sancionar sobre estas materias (transporte). Ello resulta de una importancia capital, dado que las resoluciones que impongan las correspondientes sanciones podrían estar viciadas de nulidad de pleno derecho por manifiesta incompetencia", se afirmaba desde el servicio de Transporte. Las sanciones que la institución insular rechazó ejercer obedecen a excesos de peso, transporte de mercancías perecederas, peligrosas y en las irregularidades de los dispositivos electrónicos que registran datos en los vehículos de carga.

Sin embargo, tras conocer la decisión del Cabildo, el servicio jurídico de la Comunidad Autónoma presentó un recurso por lo Contencioso en el que se razonaba que el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de transporte, en virtud de la Ley Orgánica 5/1987, está atribuida a las instituciones insulares, que tienen la responsabilidad de aplicarla.

La realidad es que el grupo de gobierno, diferente ahora al que inició el procedimiento sobre conflicto de competencias, ha optado por no seguir defendiendo su criterio inicial ante el juzgado, se entiende que por indicaciones de su departamento jurídico, y por decreto de la Presidencia, se allanó a la demanda, es decir, se conformó con la pretensión planteada por el demandante (Comunidad Autónoma), y, en consecuencia, con que se dicte sentencia estimatoria, que fue a la postre lo que hizo el juez.

En el acuerdo tomado por el Cabildo de La Palma no solo habían influido sus dudas competenciales, que también, sino sobre todo las elevadas sanciones que tenía que imponer a los transportistas, de hasta 4.500 euros. A propósito, el consejero en aquel momento (2012) de Transportes, Carlos Cabrera, defendió que "cuando se ha de sancionar se ha de hacer, pero de forma más razonable desde el punto de vista económico". "Hay castigos económicos que son excesivos", dijo el ahora portavoz adjunto del PP en la oposición.

El Día.es

Comentarios