– Control sobre la realización de servicios de transporte público: se sancionará ofertar servicios de transporte en diferentes medios sin tener la correspondiente autorización.
– Control por el uso inadecuado de los tractores agrícolas para hacer transporte público de forma irregular
– Control de la realización de transporte público al amparo de actuaciones de transporte privado, especialmente en tráficos de corto recorrido, en subsectores de obras ytransporte en furgoneta de hasta 3,5 toneladas
– Control anual de los tiempos de conducción y descanso sobre la flota de vehículos de transporte que están obligados a llevar tacógrafo. Por normativa, el Ministerio de Fomento está obligado a revisar, al menos, 2.726.710 jornadas de trabajo de los conductores profesionales (el 3% del total).
– Control sobre el posible uso fraudulento que se lleva a cabo en el uso del certificado de actividades por parte de empresas transportistas. No obstante, el uso de este certificado no es obligatorio, por lo que no se puede sancionar.
– Control del uso fraudulento de tarjetas de tacógrafo que se denuncian como extraviadas pero que se siguen usando, para utilizar la perdida y el duplicado. Se calcula que existen unas 9.000 duplicados de tarjetas en uso.
– Comprobación de que los trabajadores están dados de alta en la Seguridad Social en el epígrafe correspondiente
– Control de posibles manipulaciones en el tacógrafo o el limitador de velocidad en carretera
– Control sobre exceso de peso en dos ámbitos concretos: zonas portuarias y transporte ligero en furgonetas
– Control de transporte realizado por empresas transportistas residentes en otros países, bien de carácter internacional o interior (cabotaje).