Seguridad en el transporte escolar

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Imagen de un autobús de transporte escolar
Seguridad en el transporte escolar

Es Agosto, y el sector del autobús comienza a prepararse para la vuelta al colegio. En Sectorbus lo sabemos bien, todos los días recibimos llamadas y e-mails en los que nos piden información sobre autobuses aptos para el transporte escolar.

En esta ocasión, queremos compartir con vosotros, los requisitos de seguridad que debe tener un Autobús escolar, recuerda, que si tienes alguna duda, puedes dejarnos un comentario al final del post.

La norma que establece las condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores, es el Real Decreto 443/2001, del 27 de abril de 2001. En este documento, se establecen los requisitos relativos a la seguridad, obligatorios para el servicio de transporte escolar, que atañen, al vehículo, el conductor, el trayecto y los pasajeros.

En este post, queremos centrarnos en lo referente al vehículo, ¿ cuáles son las condiciones que debe cumplir un autobús o microbús para la prestación del servicio de transporte escolar ?

Antigüedad: Los autobuses escolares, no deben tener más de 16 años desde la fecha de su matriculación. Es decir, en este año 2017, los autobuses del año 2000, ya no son aptos para este tipo de servicios, aunque los matriculados en los meses de Septiembre a Diciembre, ambos incluidos, si podrían trabajar como autobuses escolares durante todo el curso 2016/17.

Ventanas: Se abrirán como máximo un tercio de su tamaño, y únicamente por su parte superior.

Asientos: Los de primera fila, obligatoriamente, deben estar protegidos por una mampara, y en el caso de que se hayan eliminado asientos para disponer de plazas para PMR, los asientos regulares que queden en la primera fila tras esta modificación, deber estar equipados con cinturones de seguridad de tres puntos, o mampara de protección.

Suelos: Los suelos de los autobuses destinados al transporte escolar y de menores, deben ser antideslizantes.

Escaleras: Sus peldaños deben estar señalizados con colores vivos, así mismo, su piso debe ser antideslizante.

Puertas: Deben llevar asideros para facilitar la entrada y salida del autobús, y tiene que ser posible abrirlas tanto por dentro como por fuera, de manera sencilla. Además el mecanismo de apertura de estas puertas, debe encontrarse protegido.

Cinturones: Todos los autobuses matriculados a partir de 2006, deben llevarlos. Esto significa que hay autobuses que pueden ser aptos para el transporte escolar, pero no llevan cinturones, normalmente, los padres y colegios, exigen que los autobuses escolares los lleven, por lo que es posible instalarlos y homologarlos para este fin. Si necesitas información sobre la homologación de cinturones de seguridad en autobuses, puedes consultarnos.

Placa de identificación de vehículo escolar: Tendrán que llevar dos, una en la parte delantera del autobús, y otra en su parte trasera.

Además de cumplir todos los requisitos anteriores, los autobuses escolares, por obligatoriedad, incorporarán, 2 extintores, martillos, y un botiquín de primeros auxilios.

De momento, y hasta que llegue una nueva reforma, estas son las condiciones de seguridad que obligatoriamente tienen que cumplir los autobuses escolares. Si tienes alguna duda o comentario, puedes dejarlo abajo, y si te gustó, ¡comparte con tus amigos en Facebook y Twitter!

Fuente: sectorbus.com