La CNMC sanciona a 35 empresas de autobuses en Baleares

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Imagen de un autobús de transporte escolar
La CNMC sanciona a 35 empresas de autobuses en Baleares

Las empresas que acordaron los precios y se repartieron las rutas en los concursos públicos del Govern para transporte escolar desde 2005 han sido sancionadas con 3,16 millones

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a un total de 35 empresas del transporte escolar y de viajeros en Baleares y a una asociación empresarial por un total de 9,17 millones de euros. Estas empresas han sido multadas por tres prácticas prohibidas diferentes. La primera de ellas es la constitución de un cártel. Así, durante 12 años, 34 de estas empresas han estado llegando a acuerdos para fijar precios mínimos y repartirse las rutas, encareciendo así los concursos del transporte escolar del Govern balear, según informa en una nota de prensa remitida por la CNMC.

La creación de un cártel es una de las prácticas más dañinas para la competencia por sus efectos nocivos para el consumidor. En este caso también ha afectado a la Administración, pues con sus prácticas se han encarecido los servicios que presta la Conselleria de Educación, que tiene la obligación de transportar gratuitamente a los niños cuando tienen que desplazarse a otra localidad distinta de la que residen para recibir la enseñanza obligatoria.

Así, estas empresas se han estado repartiendo los lotes con las rutas de transporte de niños hasta los centros públicos con efectos hasta el final del curso escolar 2016-2017. De forma que solo se presentaba una oferta de una empresa a cada ruta y lo hacía con el precio máximo de la licitación para garantizarse la máxima ganancia. Las 34 empresas participantes en el cártel han sido sancionadas por un total de 3,16 millones de euros.

En este cártel la colaboración de la Federación Empresarial de Transporte Balear (FEBT) ha sido decisiva, dado que era quien convocaba y organizaba las reuniones del cártel en las que se adoptaron los acuerdos. Asimismo, en muchos casos se encargaba de recibir las ofertas de las empresas en sobre abierto, para comprobar que cumplían con lo acordado, y las presentaba ante la Consejería.

OTRAS DOS PRÁCTICAS PROHIBIDAS

La segunda práctica prohibida recogida en este expediente ha sido la recomendación de precios. La FEBT recomendaba y difundía las tarifas para las excursiones y para los traslados de transporte discrecional en la isla de Mallorca desde 1977 hasta 2011. Por este motivo, la asociación ha sido sancionada con 20.000 euros. La tercera práctica prohibida sancionada en esta resolución ha sido el reparto del negocio de transporte discrecional. Ocho empresas -siete de ellas que participaban además en el cártel- habían llegado a acuerdos bilaterales para repartirse los trayectos, las excursiones o los traslados y garantizarse el máximo beneficio al eliminar la competencia.

Estos pactos, denominados "acuerdos de transporte" o "acuerdos de colaboración", han tenido diversa duración. Las sanciones impuestas por esta conducta ilícita se elevan en su totalidad a 5,98 millones de euros. Así, las 34 empresas y una asociación, han sido sancionadas por la creación de un cártel en el transporte escolar de Baleares, al menos desde agosto de 2005 hasta la licitación de 2013, con efectos hasta 2017.

LUCHA CONTRA LOS CÁRTELES

La CNMC considera prioritaria la lucha contra los cárteles por el daño que producen a los consumidores y a las empresas que cumplen las normas. Para facilitar su detección cuenta con el Programa de Clemencia, mediante el que la empresa y/o el directivo que haya participado en un cártel puede aportar información sobre el mismo, escrita o verbalmente en la sede de la CNMC a cambio de la exención total (o a una reducción) de la multa que le correspondería.

Además, la CNMC ha intensificado la supervisión de la contratación pública por su impacto en la economía y en la defensa de la competencia. Para ello está realizando cursos para enseñar las mejores prácticas y ha elaborado un decálogo de recomendaciones que facilitan elaborar correctamente el procedimiento de contratación. Asimismo, se ha habilitado en la CNMC un Buzón de Colaboración donde los operadores o personas físicas pueden facilitar información a la autoridad de competencia sobre este tipo de infracciones muy graves.

La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación. EUROPA PRESS