Aprobada la orden de módulos para 2016.

Aprobada la orden de módulos para 2016.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado ayer 18 de noviembre la Orden del MInisterio de Hacienda, en la que se desarrollan para el próximo año de 2016 el método de estimación objetiva del IRPF, junto con el régimen especial simplificado del IVA en el denominado sistema de régimen de módulos.

Con esta orden que entrara en vigor el próximo año, se reduce sensiblemente el limite máximo que permitirá a los transportistas autónomos acogerse a este régimen. Este cambio establece un limite de facturación anual para el año anterior de hasta 125.000 euros, siempre que esta facturación se realice a mas del 50% a empresas o profesionales. En esta nueva Orden de módulos para el 2016 se mantiene el mismo importe que se aplicaba en este año. Únicamente se modifica el limite máximo de vehículos en el transporte de mercancías para que los autónomos puedan seguir acogiéndose a este régimen. Se reduce el numero de vehículos pasando a 4 en lugar de los 5 como era anteriormente. En cambio se mantiene este limite en los 5 vehículos que eran necesarios en el transporte de viajeros en autobús.

En lo referente al sector del transporte en sus diferentes subsectores, esta nueva Orden del Ministerio de Hacienda establece los siguientes módulos:

En el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas todas las actividades mantienen los mismos módulos que se establecieron para el 2015. Se previene una reducción general en el rendimiento neto del 5% que sera aplicable tanto en el año 2015 como el próximo de 2016. Por lo tanto los módulos de IRPF para las actividades de transporte de mercancías 722 y 849.5 y para el transporte de viajeros 722.1 y 721.3 quedará de la siguiente forma:

.- Transporte de mercancías: 10.090,99 euros de personal no asalariado. 2.728,59 euros de personal asalariado y 126,21 de carga del vehiculo.

.- Transporte de viajeros en autobús: 16.016,97 euros de personal no asalariado. 2.981,02 euros de personal asalariado y 121,40 de asiento del vehiculo.

En cuanto al IVA se mantienen exactamente igual los mismos módulos que en el 2105. De esta forma los módulos del IVA para las actividades de transporte de mercancías 722 y 849.5 y de transporte de viajeros 721.1 y 721.3 quedan de esta forma:

.- Transporte de mercancías: 4.149,99 euros de personal empleado y 388,55 de carga del vehiculo.

.- Transporte de mercancías de residuos: 1.948,64 euros de personal empleado y 181,58 de carga del vehiculo.

.- Transporte de viajeros en autobús: 1.700,62 euros de personal empleado y 79,72 de cada asiento del vehiculo.