El Tribunal de Apelación de Toulouse confirma una multa por el descanso semanal en la cabina.

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Un camionero descansando en la cabina del camión
El Tribunal de Apelación de Toulouse confirma una multa por el descanso semanal en la cabina.

 Después de un año de las dos primeras multas impuestas en Francia a dos conductores de nacionalidad rumana por haber realizado el descanso semanal de 45 horas en la cabina, la empresa J. Carrión presentó un recurso ante el Tribunal de Apelación de Toulouse. Ahora este Tribunal ha confirmado la multa.

El Tribunal considera probado el hecho denunciado ya que las autoridades francesas consideran que este acto es ilegal en Francia y por lo tanto cabe la sanción. El Tribunal de Apelación de Toulouse encargó una investigacion de los hechos denunciados a la Dirección Regional de Medio Ambiente y Territorio de Midi-Pyrénée que considero que "La organización de las condiciones de trabajo de los conductores empleados por una empresa en la carretera sin tener que preocuparse de que durante el descanso semanal normal ha de ser tomado fuera del vehiculo, tal y como está estipulado en el artículo L.3315-4 -1 1º, en el artículo L.3313-3, en el artículo Carriers L.3315-6 de la técnica Código 4H), artículo 8 arte. De febrero de 10º,3º del Reglamento CE del 15-03-20016 y sancionado por el artículo L.3315-4-1 él. 1 del Código de Transporte".

Ademas el Tribunal ha tenido en cuenta las peticiones del Fiscal Público en abril de 2015 que muestra que: "La investigación policial judicial en contra de los detenidos como resultado de que se establecen los hechos y que la información en cuanto a su personalidad y, en particular, las obligaciones y los ingresos son suficientes para permitir una determinación de la pena, que no parece necesario, teniendo en cuenta la gravedad de los hechos, pronunciar una sentencia de prisión o una pena de multa superior a la establecida por el artículo 495-1 y el procedimiento de apelación de la correccional ordenanza que no es probable que soportar la pérdida de la compañía de los derechos"

Por lo tanto el Tribuna del Apelación de Toulouse tiene en cuenta las razones, tanto del Fiscal, como de la Dirección Regional de Medio Ambiente y declara a compañia de transportes culpable de los hechos que se le imputan y la condena a pagar una multa de 3.969 euros por la organización de las condiciones de trabajo de los conductores por no haberse preocupado de que realizaran el descanso semanal normal fuera del vehiculo. De acuerdo con los artículos 707-2, 707-3 y R55-2 del código de procedimiento penal. Además comunica a la empresa que tiene 45 días a partir de la fecha de notificación para emitir su oposición a esta ordenanza. En cuyo caso seria juzgada por el Tribunal Correccional en audiencia pública.

La empresa recurrió a esta ultima instancia judicial, pero este Tribunal declaró culpable a la empresa. Por lo que el Tribunal de Apelación de Toulouse declaró firme la sentencia confirmando la multa impuesta.

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